Candidatura de Daniel Urresti va

Así lo sentencien continuaría en carrera

por | Oct 4, 2018 | Titulares

Así lo sentencien continuaría en carrera

Daniel Urresti, candidato a la alcaldía de Lima por Podemos Perú, podría continuar sin problemas su candidatura al municipio limeño, incluso si es hoy el fallo judicial le es adverso por el caso de Hugo Bustíos, ya que no sería una sentencia firme, porque sería primera instancia.

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Víctor Ticona, prácticamente adelantó, sin querer, lo que su institución determinará luego de la lectura de sentencia del caso Bustios.

«Quiero ser puntual preciso y claro en ese aspecto. De acuerdo a nuestras leyes vigente, los candidatos que tienen sentencia firme deben ser excluidos. ¿Qué es una sentencia firme? Es contra la cual ya no procede ningún recurso», expresó.

En ese sentido, remarcó que la exclusión de un candidato no se ejecuta cuando ya ha recibido sentencia en segunda instancia y ha impuesto recurso de casación, pues hasta el momento no existiría una sentencia firme.

Por ello, el máximo representante del JNE indicó que para proceder a la exclusión de un candidato con sentencia en dos instancias, la norma debe ser modificada.

«En casos de vacancia, cuando un alcalde en ejercicio tiene una sentencia en dos instancias y ha impuesto recurso de casación, la ley nos faculta a suspenderlo, pero no a vacarlo», explicó.

Ticona remarcó que la modificación de la norma dependerá exclusivamente del Congreso de la República.

De este modo, en caso de ser sentenciado Daniel Urresti en primera instancia hoy jueves 4, no será excluido de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

Los asesores legales de Urresti ya tomaron nota de lo adelantado por el titular del Jurado Nacional de Elecciones.

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro desestimó este martes el pedido de exclusión presentado por el ciudadano Belisario Sueldo Cáceres contra la candidatura de Daniel Urresti a la alcaldía de Lima por el partido Podemos Perú.

“No haber mérito para declarar la exclusión”, señala la resolución del JEE, que lleva la firma del presidente del organismo, Oswaldo Espinoza López, quien precisó la sentencia de Urresti no tiene condición de consentida o ejecutoriada debido a que está pendiente la resolución de un recurso de queja presentado ante la Corte Suprema al considerar que el ex ministro del Interior fue sentenciado por un acto no previsto como delito.


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