¡César Villanueva miente!

Facultades sí incluyen modificar el impuesto a la renta

por | May 22, 2018 | Política, Titulares

Facultades sí incluyen modificar el impuesto a la renta

Premier asegura que solo fue un malentendido, pero Proyecto de Ley enviado al Congreso lo desmiente.

REDACCIÓN

“No haremos ningún cambio en el IR. Allí hubo un malentendido”. Con estas palabras, el premier César Villanueva tranquilizó en algo a quienes se verían perjudicados con una supuesta medida del Gobierno para cobrarle Impuesto a la Renta (IR) a quienes ganan alrededor de 2 mil soles, lo que –según expertos– llevaría a elevar los índices de informalidad en el país. Pero, ¿Villanueva dice la verdad?

A inicios de mayo, el Gobierno envió el Proyecto de Ley 2791/2017-PE, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria y financiera, de gestión económica y competitividad, de reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad, y de modernización de la gestión del Estado.

Esta iniciativa ha generado más de una preocupación, no solo en cuanto al alza del Impuesto General a las Ventas (IGV), que va a significar el alza en el precio final de algunos productos, así como el alza del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), sino también por el Impuesto a la Renta, lo que sí afectaría el bolsillo de miles o millones de peruanos.

Las alarmas de encendieron cuando el ministro de Economía, David Tuesta, anunciara que su sector viene analizando la posibilidad de que los trabajadores que ganan menos de S/ 29,050 al año empiecen a pagar el IR. Esto es, los que ganen S/ 2,075 al mes.

¿QUIÉN MIENTE?

Luego que la versión de Tuesta fuera desacreditada por el jefe del Gabinete Ministerial, La Razón revisó al derecho y al revés el PL 2791/2017-PE, y nos dimos con la sorpresa que César Villanueva no dijo la verdad, y tal vez reaccionó frente a la ola de críticas que se venía.

Y es que en la propia presentación de este proyecto, se señala que el Ejecutivo estaría facultado para “modificar la Ley del Impuesto a la Renta con la finalidad de fomentar la inversión, otorgar seguridad jurídica, reducir la evasión y elusión tributaria, ampliar la base tributaria, simplificar el sistema tributario, mejorar la progresividad del sistema tributario, eliminar posibilidades de arbitraje, fomentar el uso de comprobantes de pago y perfeccionar la normativa referente a los regímenes tributarios simplificados”.

De esta manera, se confirma que el Ejecutivo sí tiene el propósito de hacer cambios en el IR, por lo que las palabras de César Villanueva, quien calificó las palabras de David Tuesta como un “malentendido”, están muy alejadas de la verdad, por lo que urge una explicación –papel en mano– del titular de la PCM.

Siendo más específico aún, el Gobierno, en la página 12 de dicho proyecto de ley, se señala los puntos sobre lo que significaría la modificación del IR, siendo el más claro el número 4 en el que se lee: “modificar las retenciones y pagos a cuenta del impuesto por rentas de segunda y cuarta categoría”.

Más allá de si esta modificación a los criterios para el cobro del IR es o no positiva para las arcas del Estado, llama poderosamente la atención que en el propio Ejecutivo las cosas no estén claras; y esta primera discrepancia entre Villanueva y Tuesta haya hecho perder credibilidad en parte de la población respecto a las políticas tributarias que se van a emprender.

AFECTADOS

Hoy en día, una persona con un empleo dependiente paga Impuesto a la Renta de quinta categoría si sus ingresos anuales superan las 7 UIT (S/ 2075 mensuales), lo que cambiaría si el Legislativo le otorga las facultades en materia tributaria que pide el Ejecutivo.

Durante su exposición en la Comisión de Economía del Congreso hace unos días, David Tuesta explicó que busca “alinear” este impuesto a los registros de otros países de la región, al asegurar que el umbral peruano de 7 UIT es de los más altos de América Latina.

Sin embargo dijo que, de fijarse la propuesta, lanzarán beneficios para quienes pidan comprobantes de pago, señalando que más de un millón de contribuyentes podrían acceder a deducciones del IR solo por exigir sus comprobantes.

Una de las consecuencias de toda esta reforma tributaria podría hacer que la devolución de hasta S/ 12,150 en el cálculo del IR anual para los trabajadores dependientes e independientes, podría ser eliminado. Los gastos aplicables para la deducción eran el alquiler de inmuebles, los Intereses hipotecarios, los intereses de un crédito hipotecario, servicios profesionales, entre otros.

EN EVALUACIÓN

En una reunión con algunos medios de comunicación, representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicaron que aún se evalúa reducir el tramo inafecto del Impuesto a la Renta, que actualmente es de S/ 29,050 o 7 UIT al año, y que permite que los peruanos que ganan menos de S/ 2,075 no paguen ni un sol de este tributo. En tanto, señalaron que se mantendrían las 3 UIT adicionales que se pueden deducir sustentadas con comprobantes de pago.

“El tope de tres UIT (de deducciones adicionales) nos parece un espacio razonable”, señalaron.

 


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