Dictamen establece suspensión de acreencias a bancos y ahora debe pasar al pleno
La Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó por unanimidad el dictamen que reúne los proyectos de ley que propone el congelamiento de deudas, en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus (COVID-19).
De esta manera, el documento quedó listo para su debate en la sesión plenaria del Parlamento. Según lo aprobado, se busca no generar cargos adicionales a los usuarios que no hayan pagado las cuotas de sus deudas durante los meses de emergencia o 90 días tras la entrada en vigencia de la norma.
La propuesta reúne 19 proyectos de ley y está titulada “Ley que prohíbe generar cargos adicionales a los establecidos para préstamos y otras obligaciones financieras en el contexto de la pandemia COVID-19”.
BENEFICIADOS
De publicarse, se podrían acoger las personas naturales cuyos ingresos brutos mensuales no excedan las 2.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), actualmente S/10,750. Los bancos, por su parte, solo podrían cobrar los intereses con un tope del 50% de la cuota mensual, durante el periodo de vigencia del congelamiento. No están comprendidas las microfinancieras.
Para hacer efectivo el congelamiento, el dictamen prohíbe modificar el monto nominal adeudado, tras la reprogramación de la deuda, siempre y cuando el nuevo cronograma de cuotas no se amplíe más allá de las pendientes más los meses de gracia.
Durante el periodo de gracia, los bancos solo podrán cobrar los intereses, con un tope del 50% de la cuota mensual. El otro concepto que deberá ser pagado en estos meses es el seguro de desgravamen.