Exgobernador del Callao apeló sentencia
El Primer Juzgado Penal Unipersonal del Callao, a cargo del juez Gino Delzo Livias, condenó a Félix Moreno a 5 años de prisión efectiva por los delitos contra la administración pública, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo por la venta subvaluada de un terreno del Estado de 70 mil metros cuadrados, en el fundo Oquendo.
Este hecho se dio en mayo del 2011, cuando Moreno ya era gobernador regional del Callao, y produjo un perjuicio al Estado de S/ 10 millones. Al respecto, Moreno dijo ser inocente en su alegato final.
«Se me acusa de haber autorizado la venta del terreno, pero yo solo he hecho lo que dice el reglamento. Esto se ha satanizado, se me ha hecho aparecer como el jefe de una banda. ¿Cuál ha sido mi crimen? Firmar, pero esa es mi función. Hay traficantes de terrenos que me han denunciado y me están desgraciando la vida», señaló.
Cabe precisar, además, que para el presente caso la procuraduría del Estado ha solicitado el pago de una reparación civil solidaria de S/ 30 millones.
Tras la lectura de la sentencia, la defensa de Moreno apeló a la misma e hizo mención de los problemas «físicos y motores» que sufre su patrocinado, así como la «correcta conducta procesal » que este ha mostrado en los otros procesos que se siguen en su contra.
El Ministerio Público había pedido una pena de cinco años y cuatro meses de cárcel para Moreno y los otros siete imputados en este caso: Miguel Ángel Asencios Vega, Marco Antonio Palomino Peña, Eber Ramírez Sánchez, José Julián García Santillán, José Luis Casado Pinedo, Óscar Peña Macher y Óscar Peña Aparicio.
En ese sentido, fueron sentenciados junto con Moreno, Óscar Peña Aparicio y José Luis Casado Pinedo, para quienes también se dictó órdenes de ubicación y captura para cumplir con sus respectivas penas, también de cinco años de cárcel efectiva
Asimismo, la defensa de Moreno pidió que la sentencia se haga efectiva, luego de que sea confirmada en segunda instancia. No obstante, este pedido fue rechazado por el juez Delzo Livias.
«Las sentencias que dispongan una condena son de ejecución inmediata, es una excepción que se suspenda la ejecución de la pena hasta la apelación. Sin embargo hay casos en los que los imputados no han asistido, entonces, la situación tiene que ser coherente con la situación de procesado. Voy a disponer que en cuanto a la ejecución de pena, esta sea efectiva», acotó.