7 de abril de 2026

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Confirman pago a policías de S/ 7,500 por devolución de diferencial del 2%

pago a policías

Abono se debe ejecutar de forma automática

 

La larga espera por la justicia económica parece llegar a su etapa definitiva. Tras el histórico fallo del Tribunal Constitucional (TC) bajo el expediente 0019-2017-PC/TC, la División de Pensiones (DIVPEN) se encuentra bajo la obligación de ejecutar los reembolsos por el diferencial del 2% de los decretos de urgencia de los años 90.

Lo que ha encendido las alarmas de optimismo en la familia policial es el monto proyectado: gracias a la «inyección» de intereses legales, un pensionista promedio podría recibir hasta S/ 7,500 de forma automática, transformando una deuda estancada en una reparación real.

 

  1. El «Efecto Multiplicador» del TC y el BCR

¿Cómo se llega a la cifra de S/ 7,500? La clave no está solo en el capital adeudado, sino en el tiempo transcurrido. El MEF inicialmente pretendía pagar solo el monto nominal acumulado entre 2002 y 2015. Sin embargo, el TC ha blindado el pago exigiendo la aplicación de la tasa de interés legal efectiva del BCR.

Al haber pasado más de 20 años desde el origen de la deuda, los intereses han crecido de forma exponencial, sumando un aproximado del 50% adicional al monto base.

 

  1. Desglose del pago proyectado

Para un efectivo que mantiene una deuda de capital base por los 14 años de omisión, el cálculo estimado se divide de la siguiente manera:

Capital Base (2% neto): S/ 5,000 (Promedio según escala salarial).

Intereses Legales Acumulados (50% aprox.): S/ 2,500.

Monto Final a Percibir: S/ 7,500.

Este pago debe ser automático para quienes ya figuran en los padrones de la RD No. 9873-2015-DIRPEN-PNP, sin necesidad de procesos judiciales adicionales, siempre y cuando la administración cumpla con el mandato supremo de no recortar los intereses.

 

  1. ¡Atención! Los 2 rubros obligatorios en tu boleta

Para que este monto de S/ 7,500 llegue íntegro a su cuenta, usted debe actuar como fiscalizador. Al momento del depósito, es vital que en su boleta de liquidación aparezcan estos dos conceptos por separado:

Rubro Capital: El monto neto de la deuda de los 14 años.

Rubro Intereses Legales: El monto adicional que «infla» positivamente su pago.

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