Por otro lado, el Ministerio de Salud determinaría los alimentos y otros productos prohibidos de expender en boticas y farmacias
El Congreso de la República aprobó por mayoría un proyecto de ley que exige a todas las farmacias y boticas del país asegurar que al menos el 30% de sus medicamentos genéricos.
“Las farmacias, boticas y servicios de farmacia de los establecimientos de salud del sector privado están obligadas a mantener disponible al menos el 30 % de su oferta de medicamentos de marca, en la alternativa de los medicamentos esenciales genéricos en DCI del listado de medicamentos esenciales genéricos en denominación común internacional que aprueba el Ministerio de Salud”, precisa la norma.
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Esta la medida no aplica a las microempresas, las cuales están definidas y excluidas según la legislación tributaria del país, protegiendo así a los pequeños negocios de requerimientos potencialmente onerosos.
#PlenoDelCongreso aprobó el texto sustitutorio del dictamen de los PL 1614, 4542, 4969, 6076, y otros, propone promover y garantizar el acceso y uso a los medicamentos genéricos.
Asimismo, se admitió la exoneración de la segunda votación. pic.twitter.com/F6WgAc3ioH
— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) May 10, 2024
Congreso apoyará el mercado competitivo de medicamentos
La norma también prohíbe otorgar o recibir cualquier tipo de prebendas o beneficios para promover directa o indirectamente la venta o dispensación de determinadas marcas o productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios, por parte de los laboratorios farmacéuticos o empresas vinculadas a estos.
Además, la ley permite la publicidad comparativa dirigida exclusivamente al personal médico, con el fin de evitar la promoción directa a los consumidores que podría incentivar la automedicación.