Suspenden por dos años decreto supremo que modifica su estatuto
La Comisión de Constitución aprobó, por mayoría, un dictamen que propone suspender por dos años los efectos del Decreto Supremo 009-2022-MINEDU, que modifica el Estatuto de la Derrama Magisterial.
Se indicó que el Ministerio de Educación no puede modificar de manera unilateral los estatutos de la Derrama Magisterial por cuanto su propio estatuto establece que es una persona jurídica de derecho privado con autonomía administrativa, económica y financiera.
Por tanto, se señaló que un decreto supremo no puede regular la vida de una entidad privada y que este proyecto de ley detiene la afectación al derecho fundamental de asociarse de la Derrama Magisterial al consagrado en la Constitución.
Con esta propuesta se detiene la afectación en perjuicio de la Derrama Magisterial al derecho fundamental de asociarse consagrado en el numeral 13 del artículo 12 de la Constitución.
Se añadió que de ese modo se preserva para esta entidad su derecho a la auto organización de tal manera que pueda responder autónomamente por su devenir social.
Por intermedio de esta iniciativa legislativa dejaría de vulnerarse el artículo 62 de la Constitución, pues de continuar estas modificaciones al interior de esta norma jurídica afectará el actual desarrollo de las actividades, la viabilidad de su equilibrio económico, sus contratos; lo cual podría incidir directamente no solo en la institución sino en sus asociados que son los maestros de nuestro país.
Se sostuvo, además, que es necesario mantener la autonomía asociativa de esta institución y que solo cabe que sea la misma Derrama Magisterial la que refuerce el ejercicio de su autonomía dentro del marco normativo vigente, cumpliendo con el principio asociativo de adopción de acuerdos.