Proyecto propone multar con s/2,150 a arrendadores que desalojen a inquilinos
Un proyecto de ley que busca impedir el desalojo judicial o notarial de inquilinos durante la etapa de aislamiento social obligatorio y 45 días después contados desde la culminación del mismo se presentó en el Congreso de la República. La iniciativa presentada por el legislador Daniel Olivares del Partido Morado, solo aplicaría para arrendamientos con fines habitacionales.
“Lo que estamos buscando es que no hayan en momentos de emergencia personas caminando por las calles, porque alguien los botó de su casa. Así, durante el tiempo que la ley esté vigente, no se podría iniciar procesos de desalojos legales ni ilegales. Lo que va a pasar es que inquilinos y arrendatarios que tienen problemas con los pagos, van a tener que acordar y ver cómo salen juntos adelante”, explicó
Olivares mencionó que el proyecto no aplicaría a las deudas contraídas antes del estado de emergencia y tampoco para los procesos de desalojo ya iniciados. En ese sentido, resaltó que su iniciativa no propone suspender el pago del inquilino al propietario.
El proyecto de ley propone considerar como infracciones administrativas las siguientes conductas: la primera es cuando el arrendador despoja a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble del ejercicio de un derecho real. La segunda infracción es cuando una persona turba la posesión de un inmueble.
Si alguien comete alguna de las infracciones, se le impondrá una multa del valor del 50% de una unidad impositiva tributaria (UIT) es decir, S/2.150. El plazo para cancelar la multa no podrá ser mayor a cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de notificación del acto administrativo de sanción. La Policía Nacional del Perú, según el proyecto, sería la encargada de aplicar las multas administrativas.