Congreso: Promulgan ley de Lesa Humanidad

El Parlamento, promulgó ley que detalla la prescripción de delitos de Lesa Humanidad, ante ello, la Fiscalía alertó que la promulgación de la ley influenciaría seiscientos casos, entre ellos "La cantuta" y "Barrios Altos".

por | Ago 9, 2024 | Actualidad

El Parlamento, promulgó ley que detalla la prescripción de delitos de Lesa Humanidad, ante ello, la Fiscalía alertó que la promulgación de la ley influenciaría seiscientos casos, entre ellos «La cantuta» y «Barrios Altos».

Este viernes, el Congreso de la República, publicó la Ley 32107, en el cual precisa la aplicación y los alcances de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, tras vencerse el plazo para que el Ejecutivo, observara la normativa que fue aprobada el pasado cuatro de Julio.

Asimismo, la norma que fue publicada en el boletín de normas ilegales de un diario local, precisa que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano, el primero de Julio del año 2002, mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, el nueve de noviembre del año 2003.

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Cabe precisar, que dicha normativa, establece que nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de Lesa Humanidad o crímenes de guerra, así como también, por hechos con anterioridad al primero de Julio del año 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional.

“Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se observa.

Ante ello, el documento también refiere que los delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor para el Perú del Estatuto en Roma, y de la Convención sobre la imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad, prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional.

“La inobservancia de las disposiciones contenidas en la presente ley constituye una vulneración del principio de legalidad y de las garantías del debido proceso”, recalca el texto.

Mediante un pronunciamiento del día trece de junio del presente año, la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público, rechazó la normativa, al alertar que “resulta inviable jurídicamente”, debido a que la acción penal, sanción por los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, son imprescriptibles.

“Resulta evidentemente inconstitucional al ser incompatible con la jurisprudencia supranacional en materia de derechos humanos y los estándares del derecho internacional”, señala el comunicado.


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