Comisión de Justicia del Parlamento será el encargado de revisar informes.
La Contraloría General de la República aprobó este jueves el reglamento sobre las competencias que tendrá el Órgano de Control Institucional del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) durante los nueves meses en que esa entidad se encuentre en estado de emergencia.
La Resolución de Contraloría Nº 434-2018-CG fue publicada ayer en el diario oficial El Peruano y está firmada por Humberto Ramírez Trucios, vicecontralor de Integridad.
En su artículo 8, el reglamento precisa que el órgano de control institucional del CNM deberá emitir informes bimensuales, que contendrán “el detalle de todas las actividades desarrolladas”.
El primer informe –precisa el documento– comprenderá lo actuado desde el primer día de vigencia de la ley que declaró en emergencia al CNM, promulgada el 28 de julio, hasta “la última semana del mes de septiembre” de este año.
Estas evaluaciones, además, deberán ser elevadas al contralor, quien las remitirá a la Comisión de Justicia del Congreso, que preside Alberto Oliva, de la bancada de Peruanos por el Kambio.
Cuando culmine el período de emergencia del CNM, el órgano de control institucional deberá emitir un informe final, que incluirá “las actuaciones realizadas desde la presentación del último informe bimensual y las conclusiones de la intervención”.