Control migratorio: nuevos requisitos para viajeros nacionales y extranjeros

La puesta en marcha del moderno terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, programado para el 30 de marzo, traerá consigo también un nuevo Protocolo de exigencias para el control migratorio de ingreso o salida del país de nacionales y extranjeros, que oficializó la Superintendencia Nacional de Migraciones. 

por | Feb 8, 2025 | Actualidad

La puesta en marcha del moderno terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, programado para el 30 de marzo, traerá consigo también un nuevo Protocolo de exigencias para el control migratorio de ingreso o salida del país de nacionales y extranjeros, que oficializó la Superintendencia Nacional de Migraciones. 

Así, en el primer caso, los pasajeros nacionales o extranjeros llenarán un formulario, que estará a disposición de las plataformas digitales habilitadas por Migraciones, dentro de las 48 horas previas a su viaje y antes de presentarse en los puestos de control migratorio, puestos de control fronterizo o centros binacionales de atención en frontera (Cebaf).

El protocolo implementará también el registro biométrico de nacionales y extranjeros para fortalecer la seguridad y prevenir fraudes documentales. El trámite lo realizarán los peruanos y ciudadanos de otros países que efectúen su control migratorio, resalta el estudio Muñiz Abogados.

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Si bien ya se encuentra regulado, se reitera esta facultad de fiscalización, aclara la firma en un reporte de comentarios sobre la norma que publicó la Superintendencia Nacional de Migraciones en enero último.

Facultad

Además, precisa, se consolidan exigencias para el ingreso y salida de nacionales y extranjeros al país, como un control migratorio que se ejecutará de manera personalísima. A la par, Migraciones tendrá la facultad para determinar el ingreso o salida del país de la persona, previa evaluación y cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, anota.

La firma legal menciona también que los viajeros se deberán comportar de manera adecuada en el recinto migratorio, caso contrario, la citada superintendencia determinará la aplicación de las medidas establecidas en el Decreto Legislativo N° 1350.

Otro aspecto se vincula con las empresas de transporte internacional que cumplirán las disposiciones y exigencias establecidas en la normativa migratoria vigente y conforme a los acuerdos y tratados de los cuales forma parte el Perú; caso contrario, Migraciones determinará la aplicación de las medidas fijadas en el Decreto Legislativo N° 1350, alerta.

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