De “La Muralla China” y otros “Cuentos Chinos”
Por: Edgardo Palomino Martínez / Hoy vamos a dedicar esta crónica a dos “viejos conocidos” míos: Pedro Salinas Chacaltana y Paola Margot Ugaz Cruz.
Mis principios éticos me obligan a informarles que, igual que hice con Paola Ugaz, con fecha 5 de diciembre de 2018, ante la 29na Fiscalía Provincial Penal de Lima, denuncié a CHISAC, a Pedro Salinas Chacaltana y a Freddy Chirinos para que fuesen investigados por diversos contratos celebrados con el Estado, por presuntas irregularidades que podrían implicar corrupción.
Seis de estos contratos estarían vinculados al “Caso Chinchero” y un presunto “blindaje” del Presidente Martín Vizcarra; y, el último es aquél celebrado con el Ministerio Público para que CHISAC organice cierto(s) almuerzo(s) que el ex Fiscal de la Nación Pablo Sánchez sostuvo con periodistas.
Como es de conocimiento público, la admisibilidad de esta se viene litigando en una Acción de Amparo; y, sobre esto hablaremos otro día, aunque a Pedro Salinas “le valga madre”.
“La Muralla China”, en el argot de las firmas de abogados y de consultoría, supone el aislamiento –figurativo– de un grupo de trabajo del resto de los demás miembros de la firma, para que sólo los primeros tengan conocimiento sobre un tema o materia o caso.
“Comunidad de Techo” es otra expresión muy usada por estos consultores; y, ello supone que, si bien han formado una sociedad para el ejercicio de su profesión u oficio, cada cual lo hace de manera independiente y no tienen conocimiento alguno de lo que los demás hacen.
En ambos casos: gran “Cuento Chino”. No importa la dimensión de la compañía por el número de personas que trabajen en ella: al final todos saben lo que está pasando en su interior; y, más aún, en el caso de empresas con poco personal, como es el caso
de Chirinos & Salinas Asociados SAC – CHISAC.
Pero analicemos el caso de Pedro Salinas Chacaltana desde la perspectiva legal; sobre la base de la Ley General de Sociedades, la Normativa Tributaria y el Estatuto de CHISAC –que está subordinado a estas normas legales–.
Conforme a la Partida Registral de Chirinos & Salinas Asociados Sociedad Anónima Cerrada (CHISAC), inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de Lima, Pedro Salinas Chacaltana es accionista y fundador de CHISAC conjuntamente con Freddy Jesús Chirinos; Salinas es Presidente del Directorio de CHISAC, del cual también es miembro Freddy Jesús Chirinos; y, además Salinas es representante legal de Chisac ante la Sunat y desde junio del 2011 hasta la fecha es el apoderado General de CHISAC, contando con los mismos atributos, poderes y facultades que ostenta Freddy Jesús Chirinos quien tiene el cargo de gerente general.
Cabe señalar que donde hay las mismas atribuciones hay las mismas responsabilidades; en consecuencia, al igual que su socio Freddy Chirinos, Pedro Salinas Chacaltana, conforme a Ley, es particularmente responsable por:
1. Por la emisión de facturas por conceptos falsos: léase, la factura emitida por CHISAC a “Graña y Montero”;
2. Por usar los activos de CHISAC para fines ilícitos: léase, la disposición de fondos registrados a nombre de CHISAC para pagar coimas;
3. Por no informar al directorio de la sociedad de la realización de operaciones irregulares: léase, la operación realizada por cuenta de Graña y Montero para cumplir las exigencias de José Miguel Castro Gamarra;
4. Por el ocultamiento de las irregularidades que observe en las actividades de la sociedad: léase, conforme a la presunción tributaria de “conocimiento pleno” que no admite prueba en contrario; por conocer y ser responsable de todos los movimientos económicos y administrativos de CHISAC en su condición de representante legal ante la SUNAT, y no
informar de ello a las autoridades competentes;
5. Por la utilización ilícita del activo corriente de CHISAC; léase, la utilización de US$247,987.01 de la cuenta caja-bancos para la realización de pagos ilícitos; y,
6. Por incumplimiento flagrante de la Ley: léase, la realización de pago de coimas, prebendas, sobornos, etc. y lavado de activos.
En consecuencia, conforme lo ordena la ley, Pedro Salinas Chacaltana debía y tenía que conocer, como efectivamente conoció y conoce desde el 13 de agosto de 2013, que los US$247,987.01 recibidos de “Graña y Montero” y dispuestos por CHISAC, no correspondían a una operación propia del objeto social declarado de Salinas & Chirinos, Asociados SAC; y, tal conocimiento y conducta está encuadrada en el tipo penal del delito contra administración de justicia, en la modalidad de cohecho activo genérico, como cómplice primario, y en el delito de lavado de activos; ello, de ser el caso, sin perjuicio de la presunta comisión de los delitos de encubrimiento y omisión
de denuncia.
Y Pedro Salinas no sólo sería responsable de estos delitos por haber infringido la ley, sino también pareciera ser porque su propia conciencia se lo denuncia y él buscaría aliviar esta carga moral que pesa en su interior atribuyéndole responsabilidad a terceros; como cuando no hace mucho, se dirigió públicamente a una autoridad eclesial y le reprochó sin pruebas, que él tenía que haber conocido los actos de abuso de algunos malos miembros de su institución, y afirmó que era imposible que haya sido ajeno a todo ello. Siéndole aplicable a esta conducta de Salinas el dicho «El ladrón cree que todos son de su condición».
En el caso de Freddy Chirinos, quien empleó como vehículo a la sociedad Chirinos & Salinas Asociados SAC – CHISAC para realizar un pago ilícito, en representación del cliente Graña y Montero, exigido por José Miguel Castro Gamarra; Pedro Salinas Chacaltana, de acuerdo a su propio criterio de conciencia, no sólo es encubridor del delito, también es cómplice del mismo.
Respecto a Paola Margot Ugaz Cruz, hemos referido en crónicas anteriores que la MML ha declarado –mediante carta y memorándum dirigidos a mi persona– que el legajo del CAS de Paola Ugaz con la Comuna Limeña es no habido. En pocas palabras: ¡HA DESAPARECIDO!!!
Sin embargo, Ugaz Cruz ha dejado suficientes huellas para formular la siguiente hipótesis.
Ugaz, desde que ingresó a trabajar para Villarán, a través de un contrato CAS con la MML, se ha autotitulado Jefa de “Social Media”, posición inexistente en el Organigrama de la MML, aprobado por la Ordenanza N° 812 de 25 de agosto de 2005, vigente durante su paso por ésta.
Lo que sí existe en el Organigrama, y en ese entonces dependía directamente de la Oficina de la Alcaldía Metropolitana, es la posición de Subgerente de Prensa y Comunicaciones, denominación que Ugaz se habría cambiado a la de Jefa de “Social Media” para darse más prestancia e importancia.
Entre las funciones del Subgerente de Prensa y Comunicaciones (ROF de la MML Art. 45° incisos 5 y 7) están las de realizar los diseños e impresiones que requieran los órganos de la MML, así como coordinar y contratar avisos para la difusión de la imagen y obras de la gestión de la MML.
Pedro Salinas y Freddy Chirinos son socios en CHISAC desde su fundación en 1996. Asimismo, hay que tomar en consideración que la amistad entre Salinas y Ugaz es de data anterior al 2010, conforme lo han hecho constar públicamente en la investigación periodística que emprendieron de manera conjunta a partir de ese año.
Como que 2+2=4, puede más que presumirse que Freddy Chirinos, a través de Pedro Salinas, conoce perfectamente bien a Paola Ugaz; y, también que, como parte del entorno político cercanísimo a Villarán, en el 2013 Ugaz detentaba la Subgerencia de Prensa y Comunicaciones, bajo el pomposo título de Jefa de “Social Media”.
De las declaraciones de Freddy Chirinos se desprende que él, a través de CHISAC, por encargo de “Graña y Montero”, debía: de una parte, pagar US$100 Mil a “Momentum Ogilvy & Mather”; y, de otra, reunirse con Castro Gamarra a los fines de recibir instrucciones para pagar cierta publicidad.
Asimismo, de las propias declaraciones de Chirinos, se desprende que en la(s) reunión(es) que tuvo con Castro Gamarra no estuvieron sólo ellos dos.
Estuvo una tercera persona a la que él ha denominado la “Directora de Comunicaciones” (cargo que tampoco existe en el Organigrama de la MML), quien era la que definía la publicidad y habría determinado a quiénes pagar.
¿Por qué Chirinos no identifica a la persona, pero sí el cargo? Nosotros presumimos porque esa persona era Paola Ugaz Cruz, la “socia de investigaciones periodísticas” de Pedro Salinas Chacaltana, es decir la «socia» de su socio; y, como Ugaz se ha encargado de
hacer conocer que su cargo era “Jefa de ‘Social Media’”, nadie la conectaría con el inexistente cargo de “Directora de Comunicaciones”.
Así, si la reunión entre Castro Gamarra y Freddy Chirinos versaría de cómo ocultar el ilícito de los pagos exigidos por el primero a los Graña, que más cómodo para el segundo que hacerlo delante de alguien de confianza de él y del círculo político íntimo de Susana Villarán; es decir, delante de Paola Ugaz.
Si esta hipótesis es correcta, ¿qué espera el Fiscal Puma Quispe para denunciar a Paola Ugaz como cómplice del delito de cohecho pasivo propio y lavado
de activos en agravio del Estado?
Sólo me quedan tres preguntas:
¿Conocía Pedro Salinas Chacaltana de la triangulación MML-“Graña y Montero”-CHISAC? –o, para ponerlo más claro: ¿Castro Gamarra/Ugaz Cruz-José Antonio Graña Miró Quesada-Freddy Chirinos?–. Sería “materialmente imposible” que no conociese de ello. Y al silencio que mantiene Salinas Chacaltana sólo queda aplicar el adagio que reza “el que calla otorga.
La referencia a una tercera persona por Chirinos en la(s) reunión(es) que tuvo con Castro Gamarra resultaría irrelevante, salvo que se trate de una “persona de interés”; y, aquí la segunda pregunta: ¿Por qué Chirinos haría referencia a la “Directora de Comunicaciones” de la MML (o para ser más claros de Villarán y su supuesta organización criminal)? ¿Será que, de un tiempo a esta parte, por las controversias que pesan sobre Salinas Chacaltana y Ugaz Cruz, hay desunión en CHISAC? o ¿Se tratará de un “sácame de ésta compadre”, tú que “tienes vara”?
¿Quién o quiénes protegen a Paola Ugaz Cruz y a Pedro Salinas Chacaltana? es mi tercera pregunta.
Continuará…
Redactada la presente nota periodística por quien la suscribe.
Firmado en la Ciudad de Lima el día 5 de agosto de 2020
Edgardo José Palomino Martínez
Abogado
(*) La Dirección no se hace responsable por los artículos firmados.