El retiro total de la CTS estará disponible hasta el 31 de diciembre, tras la medida excepcional aprobada en mayo de 2024
El próximo 31 de diciembre culmina el periodo de libre disposición del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), medida autorizada en mayo de este año por el Ejecutivo. A partir del 1 de enero de 2025, retornarán las restricciones habituales para este fondo laboral destinado a proteger a los trabajadores ante la pérdida de empleo.
La CTS es un beneficio exclusivo para trabajadores en planilla y se deposita dos veces al año: en mayo (por el periodo de noviembre a abril) y en noviembre (por el periodo de mayo a octubre). Su cálculo corresponde a una remuneración mensual por año en el régimen general y a media remuneración anual en el régimen de pequeñas empresas.
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En cuanto a su disponibilidad, existen dos escenarios principales:
- Retiro parcial: Los trabajadores pueden disponer del excedente de cuatro sueldos acumulados en la cuenta CTS.
- Retiro total: Este es posible únicamente cuando el empleado cesa de su puesto laboral.
Desde el año 2020, debido a la crisis económica generada por la pandemia, el Gobierno flexibilizó el retiro de la CTS. La última ampliación, implementada en mayo de 2024, permitió nuevamente la libre disposición, pero esta disposición expira al cierre del año.
Con el retorno de las restricciones en 2025, la CTS retomará su función principal como un ahorro obligatorio para los trabajadores. Los empleadores deberán continuar con los depósitos regulares conforme a las disposiciones laborales vigentes.