Resolución del ente electoral determinó que la sentencia contra el candidato de Podemos Perú a Lima no está “consentida o ejecutoriada”
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro desestimó el pedido de exclusión presentado por el ciudadano Belisario Sueldo Cáceres contra la candidatura de Daniel Urresti a la alcaldía de Lima por el partido Podemos Perú.
“No haber mérito para declarar la exclusión”, señala la resolución del JEE, que lleva la firma del presidente del organismo, Oswaldo Espinoza López.
Como se informó, Sueldo Cáceres presentó el pedido de exclusión al señalar que Urresti tenía una “sentencia consentida y ejecutoriada”. Asimismo, dio cuenta de una resolución del 28 de setiembre en la que el 17 Juzgado Penal de Lima ordena que se ejecute la sentencia. El ente judicial señala textualmente: “…Cúmplase lo ejecutoriado y póngase a conocimiento de las partes procesales para los fines pertinentes…”.
Sin embargo, la defensa legal de Urresti había argumentado que su sentencia no tiene condición de consentida o ejecutoriada debido a que está pendiente la resolución de un recurso de queja presentado ante la Corte Suprema al considerar que el ex ministro del Interior fue sentenciado por un acto no previsto como delito.
En la víspera, el JEE había solicitado al citado juzgado que informe sobre la situación procesal de Urresti.
El órgano judicial comunicó este martes que el caso “se encuentra en ejecución de sentencia”, pero también apuntó que se ha presentado un recurso de queja ordinaria.