Conoce el proceso de inyección presupuestal
La orden del Tribunal Constitucional (Exp. 0019-2017-PC/TC) ha generado un sismo en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Ante la obligación de cancelar el diferencial del 2% adeudado entre los años 2002 y 2015, el Gobierno debe utilizar mecanismos de excepción. La ley faculta la activación de partidas de urgencia para cumplir con mandatos judiciales con calidad de Cosa Juzgada.
Pero ¿cómo funciona este mecanismo y qué tan rápido llegará el dinero a las planillas de la PNP? Aquí te explicamos la ruta del dinero.
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Para que el dinero del 2% se materialice, el Ejecutivo debe emitir un Decreto Supremo de transferencia de partidas. Estas partidas de urgencia se extraen de la «Reserva de Contingencia» del Estado, un fondo destinado precisamente a eventos imprevistos o mandatos legales imperativos que no pueden esperar al siguiente ejercicio fiscal.
Una vez activada la partida, el flujo sigue este orden técnico para asegurar que no se desvíe a otros rubros:
Habilitación del Pliego 007: El MEF transfiere los fondos directamente al Ministerio del Interior.
Asignación a la Unidad Ejecutora 002: El dinero llega a la Dirección de Economía de la PNP.
Certificación de Crédito: Se «etiqueta» el dinero con el nombre del beneficiario y el concepto de «Reintegro D.U. 090, 073 y 011».




