El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) ha declarado que la huelga de los sindicatos de trabajadores penitenciarios es ilegal
Hoy, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) ha declarado ilegal la huelga indefinida que comenzó el 16 de agosto de 2024, convocada por dos sindicatos de trabajadores de la institución.
Según la Resolución Presidencial Institucional Nacional Penitenciario N° 195-2024-INPE/P, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la medida se fundamenta en que la huelga, llevada a cabo por el Sindicato Nacional de Trabajadores Penitenciarios del INPE (SINTPE INPE), se realizó a pesar de haber sido previamente declarada improcedente por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) mediante una resolución administrativa.
La decisión se toma tras la resolución de la Dirección General de Trabajo, del 12 de agosto de 2024, que declaró la huelga como improcedente. La normativa vigente establece que, si una huelga se considera improcedente, su continuación se considera ilegal.
Asimismo, mediante la Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 194-2024-INPE/P, se declara ilegal la huelga indefinida iniciada por el Sindicato Nacional de Trabajadores Penitenciarios del Perú (SINTRAP), dado que se llevó a cabo a pesar de haber sido considerada improcedente por la Dirección General de Trabajo del MTPE.
Lee también:
El INPE, como organismo descentralizado del Sector Justicia y Derechos Humanos, se encarga de la gestión y supervisión del Sistema Penitenciario Nacional.
La resolución destaca que, aunque la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo regulan el derecho a la huelga, este derecho debe ejercerse de acuerdo con las leyes vigentes y no debe afectar el funcionamiento de servicios públicos esenciales, como los establecimientos penitenciarios.
La institución indica que la huelga ha tenido un impacto considerable en los establecimientos penitenciarios del país, con informes sobre la afectación de la seguridad y la prestación de servicios esenciales debido a la paralización de actividades por parte de los trabajadores implicados.
Así, ambas resoluciones destacan que esta acción de protesta bloqueaba el acceso de visitas y la prestación de servicios legales a los internos, perjudicando la operatividad del sistema penitenciario.
También se ordenó notificar al SINTPE INPE y al SINTRAP sobre la decisión, y enviar copias de las resoluciones a varias oficinas del INPE para garantizar su cumplimiento.