Definen segundo grupo de reintegro de Fonavi

El presidente de la Comisión Ad Hoc de Fonavi, Luis Luzuriaga, informó que en la reunión de los integrantes del grupo de trabajo programada para el jueves 6 de junio se definirá el segundo grupo de reintegro del Fonavi.

Reportó que la postergación de la semana pasada obedece a que el jefe de Jurídicas tenía que retirarse. Según señaló, se esperaba abordar las inversiones de los fonavistas en las obras de saneamiento.

«Teníamos que haber tomado una decisión final sobre las inversiones del Fonavi en saneamiento. (…) Creo que se iba a ver en la Comisión de Constitución, se paró el jefe de Jurídicas y nos pidió permiso porque tenía que irse», informó en nuestro medio.

 

Reintegro 2

En esa misma línea, el presidente de la Comisión Ad Hoc de Fonavi precisó que en la reunión de este jueves también se tiene contemplado abordar el pago al segundo grupo de Reintegro.

En detalle, Luis Luzuriaga informó que abordarán los lineamientos de conformación dicho padrón, donde estiman incluir un grupo mixto de personas que tengan entre 70 y 80 años.

«(Han estado viendo los lineamientos para armar el segundo grupo de pago Reintegro) Eso lo vamos a ver el próximo jueves. Vamos a ver la conformación de su grupo. Se va a hacer un grupo mixto con personas de 70 a 80 años. Esa situación se va a evaluar el día jueves. El tema ya está en la mesa», agregó.

 

Deudos

Mientras tanto se informó que los familiares de los fonavistas fallecidos pueden cobrar la devolución de los aportes del beneficiario titular sin necesidad de contar con el testamento o sucesión intestada, según indica la Comisión Ad Hod encargada del proceso.

Cabe destacar que el proceso es totalmente gratuito. Asimismo, los herederos forzosos pueden cobrar de acuerdo con un orden de prelación.

Para realizar el cobro de la devolución de aportes, los familiares deben presentar los documentos correspondientes: partida de matrimonio, de unión de hecho o de nacimiento del titular.

El orden de prelación es el siguiente:

  1. En primer lugar, el cónyuge o conviviente
  2. En segundo lugar los hijos
  3. Los padres
  4. Los hermanos
  5. Finalmente las personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si las hubiera.


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