También se reanudan la elaboración de bebidas malteadas, de bebidas alcohólicas y tabaco
Con el inicio de la fase 2 de la reactivación económica se da luz verde al retorno de las actividades están relacionadas al sector agricultura, minería, manufactura, construcción, comercio y servicios. También se reanudan la elaboración de alimentos preparados para animales, elaboración de bebidas malteadas, de bebidas alcohólicas y tabaco.
A través de las disposiciones del Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, publicado ayer en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano entran en vigencia desde el viernes 5 de junio de 2020. Las actividades económicas comprendidas en la fase 2 del reinicio de actividades incluyen a la mediana y pequeña minería, así como la minería artesanal, y sus actividades conexas.
También se reanudan la elaboración de alimentos preparados para animales, elaboración de bebidas malteadas, de bebidas alcohólicas y tabaco. Se incluye fabricación de calzado, actividades de impresión y servicios relacionados, reparación de equipos de transporte, fabricación de instrumentos médicos y su reparamiento.
Se autoriza la venta y mantenimiento de autos, motos y sus partes, así como la venta de equipo deportivo y enseres domésticos. Se permiten los servicios de transporte interprovincial privado, así como los servicios ofrecidos por los centros de inspección técnica vehicular. También regresan los hospedajes, las actividades de seguridad privada e investigación.
Se reanudan las actividades jurídicas, de contabilidad, arquitectura, ingeniería, investigación y desarrollo y veterinaria; el alquiler de vehículos y otro tipo de maquinaria, telecomunicaciones, postales y mensajería; servicios vinculados al transporte acuático; de apoyo al deporte: emisión de placas; construcción de carreteras y líneas de ferrocarril; captación, tratamiento y distribución de agua, así como la evacuación de aguas residuales.