Desde hoy sancionan a farmacias que no tengan stock de genéricos

Establecimientos serían multados con hasta s/ 8,600

Establecimientos serían multados con hasta s/ 8,600

A partir de hoy el Ministerio de Salud (Minsa) podrá sancionar con multas de hasta S/ 8,600 a las farmacias y boticas que no cuenten con un stock garantizado de medicamentos genéricos, según el reglamento del Decreto de Urgencia N° 007-2019 referido al acceso de dichos productos.

Como se recuerda, el Poder Ejecutivo publicó dicho reglamento a través del Decreto Supremo N° 026-2019-SA, en el que se establecieron los mecanismos que garanticen el acceso a medicamentos de menor costo.

El incumplimiento de lo dispuesto por el Gobierno dará lugar a la aplicación de la escala de infracciones y sanciones a las farmacias y boticas por no mantener disponible la dispensación de medicamentos esenciales genéricos del listado aprobado por el Minsa. Por ley, se podrá aplicar desde una amonestación no monetaria hasta el pago de 2 UIT (S/ 8,600).

Estos establecimientos también deben mantener disponibles para la dispensación o expendio los esquemas de tratamiento completos de cada uno de los medicamentos del listado.

Cabe señalar que la entidad encargada de realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación del cumplimiento de la norma es el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares) del Minsa.

Las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS) y las Direcciones Regionales de Salud (Diresas) velarán por el control y vigilancia sanitaria de lo dispuesto a nivel regional.

La lista está compuesta por 31 medicamentos para males respiratorios, diabetes, hipertensión, salud mental, infecciones por hongos, entre otros.

Entre ellos se encuentran la Amitriptilina, Amoxicilina, Azitromicina, Clonazepam, Enalaptril, Fluconazol, Ibuprofeno, Loratadina, Naproxeno, Paracetamol, Prednisona y Omeprazol.


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