La designación del General PNP César Augusto Cervantes Cárdenas, como Comandante General de la Policía Nacional del Perú, se sustenta en el Artículo 167 de la Constitución Política y en Artículo 8 que regula la conformación de la Alta Dirección de la institución policial, que literalmente señala: (…) “En los casos que la designación del Director General (Comandante General) de la Policía Nacional del Perú, recaiga en un Oficial General de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de General, este será ascendido al grado de Teniente General.
(…)
¨Cuando la designación del Director General (Comandante General) recae sobre un oficial General menos antiguo, los más antiguos a él, pasarán a la situación de retiro por la causal de renovación de manera excepcional e inmediata¨. (…)
Asimismo, en la sentencia del Pleno N° 533/2020, del Tribunal Constitucional se ratifica la constitucionalidad y legalidad de la atribución exclusiva y excluyente del Presidente de la República para la renovación de cuadros de los oficiales generales de la Policía Nacional del Perú.
Por lo tanto, la designación del nuevo Comandante General se encuentra debidamente amparada en el marco constitucional y las leyes especiales que regulan a la Policía Nacional del Perú.