Inés Tello —quien fue destituida de su cargo, el jueves último, por el Pleno del Congreso, por haber permanecido en la Junta Nacional de Justicia (JNJ), pese a tener más de 75 años de edad— podría incurrir en el delito de usurpación de funciones, en caso no acate la decisión del Parlamento, señaló el vicepresidente del Congreso, Arturo Alegría.⊃
Esa fue la respuesta de Alegría al anuncio equivocado y sin sustento del abogado de Tello, Omar Cairo, quien dijo que la decisión del Pleno del jueves último, en la que su defendida fue destituida, es “una votación inexistente”. ¿Por qué? porque, según su explicación, votaron dos congresistas de la Comisión Permanente —José Luna Gálvez y José Jerí—, y estaban prohibidos de hacerlo.
“La resolución legislativa ya fue firmada. Y la exintegrante de la Junta Nacional de Justicia [Inés Tello] va a tener que acatar lo que el Congreso ha decidido. Que no lo haga, ya incurrirá en acciones penales más complicadas. Me imagino que será usurpación de funciones. Y sobre eso ya se tomarán otras decisiones, que esperemos que no ocurran para el bienestar del país. Y las competencias del Congreso son exclusivas y excluyentes, en este caso. El día de ayer se tomó una decisión”, dijo Alegría.
El congresista José Luna señaló que él sí tenía la luz verde para votar porque la “hermenéutica” parlamentaria se lo permitía.
“Existe una hermenéutica parlamentaria, hace muchísimos años, que treinta congresistas de la Comisión Permanente no votan en el Pleno [en las inhabilitaciones, como fue el caso de Tello]. Eso es muy antiguo. Y si el titular no votó y votó el accesitario, porque en la Comisión Permanente se registran 60 congresistas. Treinta titulares y treinta suplentes. Pero, lo máximo que no pueden votar son treinta. Y, por eso, por hermenéutica, si el titular no vota, y votó el suplente; el titular queda habilitado como suplente para votar, si lo desea, en el Pleno. Eso ya es conocido”, explicó Luna.
Luna dejó claro además que él votó por la inhabilitación de Tello, la noche del jueves, porque el relator leyó la lista de los congresistas que no podían votar, y él estaba habilitado para hacerlo.
De otro lado, para las 4:00 p.m. de este lunes se tiene programada, en la agenda del Pleno, la segunda votación del informe final del presidente de la JNJ, Antonio de la Haza, que recomienda acusarlo constitucionalmente e inhabilitarlo de las funciones públicas por 10 años —y por consecuencia, destituirlo—. Esto, por haber mantenido en el cargo a Inés Tello.
En la primera votación, no se alcanzó los 67 votos para destituirlo. No obstante, Renovación Popular presentó la reconsideración de esa votación, y se aprobó. Pero, faltó realizar la segunda vo
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