Deudos de fallecida en accidente por roca deberán recibir beneficios del SOAT

La aseguradora rechazó la cobertura del seguro, alegando que la caída de la roca fue un evento fortuito

por | Mar 21, 2024 | Actualidad

La aseguradora rechazó la cobertura del seguro, alegando que la caída de la roca fue un evento fortuito

Indecopi ha dispuesto la aplicación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) a los familiares de una persona fallecida debido a la caída de una roca sobre el autobús en el que viajaba por la Carretera Central, en la zona de San Mateo, provincia de Huarochirí, en Lima.

La interpretación de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi es que no se debe excluir automáticamente todo suceso inesperado o imprevisible de la cobertura del SOAT. Se argumenta que es necesario considerar las condiciones geográficas y la situación nacional de la carretera para determinar si se trata de un incidente fortuito. Además, en situaciones ambiguas, se debe favorecer la interpretación de la norma en beneficio del asegurado.

En la denuncia presentada contra Rímac Seguros y Reaseguros S.A., por negarse a proporcionar cobertura de seguro a los familiares de una persona fallecida debido a que una roca cayó sobre el autobús en el que viajaba por la Carretera Central en la zona de San Mateo, la interpretación del artículo 37° del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito condujo a esta conclusión, según lo establecido en la Resolución Nº 0642-2024/SPC-INDECOPI emitida el 6 de marzo de 2024.

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La SPC determinó que el deslizamiento de piedras no era un evento inusual, dado que ocurrió en una zona montañosa. Por lo tanto, este incidente no podría ser considerado como un evento extraordinario.

Como resultado, la SPC impuso a la empresa una multa de 11,6 UIT (S/ 59,740) por negar sin justificación la cobertura del SOAT. Esta medida se basó en la metodología de cálculo de multas establecida en el Decreto Supremo 032-2021-PCM, que entró en vigencia el 14 de junio de 2021.

Además, como medida correctiva reparadora, la SPC dispuso que la empresa active el seguro SOAT a favor del cónyuge del fallecido como resultado del accidente de tránsito.


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