Diferencias entre pensión provisional y proporcional

ONP detalla beneficios en ambas modalidades

ONP detalla beneficios en ambas modalidades

Si usted está afiliado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), es importante que sepa que, al alcanzar los 65 años de edad, y contar con los aportes necesarios, tiene el derecho de iniciar el cobro de su pensión.

En respuesta a la necesidad de ampliar el acceso a este beneficio, la ONP ha implementado medidas en los últimos años para facilitar que un mayor número de afiliados puedan beneficiarse de manera más eficiente. Entre estas medidas se encuentran la pensión proporcional y la pensión provisional.

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PROPORCIONAL

La pensión proporcional está dirigida a aquellos jubilados que no alcanzaron a completar los 20 años de aportaciones necesarios, pero que igualmente tienen derecho a recibir una mensualidad por parte de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en función del tiempo que contribuyeron siempre que este sea de al menos 10 años. De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 282-2021, se puede acceder a la pensión proporcional bajo una de las siguientes condiciones:

– Ser mayor de 65 años y haber realizado contribuciones por un mínimo de 10 años y menos de 15 años. En este escenario, el monto de la pensión corresponderá a una cuantía fija mensual de S/250 que se pagará 12 veces al año.

– Ser mayor de 65 años y haber realizado contribuciones por al menos 15 años, pero menos de 20 años. En este caso, la pensión será una suma fija mensual de S/350, abonada también 12 veces al año.

La ONP especifica que a ambos montos de pensión se les aplicará un descuento del 4% destinado a EsSalud.

PROVISIONAL

La pensión provisional ofrece una solución temporal a aquellos afiliados que, mientras completan los requisitos para la pensión definitiva, necesitan apoyo económico.

Es un mecanismo diseñado para brindar a los asegurados un beneficio económico mensual de manera expedita, específicamente en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que se presenta la solicitud.

Este procedimiento asegura que los solicitantes no solo reciban un apoyo económico provisional, sino que también accedan rápidamente a un seguro de salud mientras se procesa su pensión definitiva.

Este beneficio es aplicable a varios tipos de pensiones en trámite, incluyendo las de jubilación, conyugal, discapacidad laboral, viudez, orfandad y ascendencia, siempre que la pensión definitiva no haya sido concedida dentro de los 30 días hábiles siguientes a la solicitud.

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