20 de abril de 2026

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Docentes antiguos podrán enseñar sin maestría ni doctorado

Docentes antiguos podrán enseñar sin maestría ni doctorado

El Congreso de la República promulgó por insistencia la Ley 32551, que introduce cambios a la Ley Universitaria respecto a los requisitos académicos exigidos a los docentes universitarios. La norma fue oficializada con las firmas del presidente y vicepresidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi y Waldemar Cerrón.

La ley incorpora dos disposiciones complementarias. La primera establece que será opcional contar con grado de maestría o doctorado para aquellos catedráticos que ingresaron a la docencia universitaria durante la vigencia de la antigua Ley Universitaria de 1983, derogada en 2014. Bajo esa normativa, bastaba con tener título profesional para ejercer la docencia.

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La Ley Universitaria vigente, promulgada en 2014, exige grado de Maestro para dictar clases en pregrado, Maestro o Doctor para programas de maestría y Doctor para doctorado. En su momento, se otorgó un plazo de cinco años para que los docentes se adecuaran, el cual ha sido ampliado en reiteradas ocasiones por el Congreso.

Con la nueva ley, además de volver opcional el requisito de maestría o doctorado para docentes antiguos, estos quedan exonerados de contar con dichos grados para ascender en la carrera docente, pese a que esta se rige por principios meritocráticos.

Asimismo, la norma amplía hasta diciembre de 2026 el plazo para que los docentes que ingresaron bajo la actual Ley Universitaria cumplan con los requisitos académicos exigidos, tanto en universidades públicas como privadas.

La medida fue aprobada en diciembre por el Pleno del Congreso con 84 votos a favor, cuatro en contra y diez abstenciones, y se suma a más de una década de prórrogas otorgadas desde la implementación de la reforma universitaria.

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