Fiscalía Especializada contra el Crimen Organizado de Lambayeque presentó apelación a la medida cautelar de Edwin Oviedo
Alejandra Saavedra
Tras el escándalo público de los audios propagados por IDL, entre el juez y el gerente de Iza Motors Antonio Camayo, que compromete al titular de la Federación Peruana de Futbol, Edwin Oviedo, el Fiscal Juan Carrasco Millones, manifestó que la Fiscalía Especializada contra el Crimen Organizado de Lambayeque presentó una contestación de demanda y la apelación a la acción de amparo otorgada a Edwin Oviedo por un Juzgado de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Como se recuerda el titular de la Federación fue acusado por el supuesto delito de homicidio calificado junto a otros ejecutivos involucrados, denominados “Los Wachiturros”, en agravio de Manuel Rimarachín y Percy Waldemar Farro Witte (exdirigentes de la empresa Tumán), junto a otros exdirectivos de la empresa agroindustrial. Solo Oviedo logró su separación de la investigación.
“Estamos esperando la respuesta de la juez, que nos conceda la apelación y resuelva la acción de amparo, para poder tomar una decisión respecto a la información propagada en los medios de comunicación”, manifestó Carrasco.
El fiscal señaló también que se encuentran supeditados por tres resoluciones, la primera es una medida cautelar que se planteó en el Juzgado Constitucional transitorio de Lima, planteado en base a una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que señala que en el proceso de tutela de derechos, en caso de 39-2016, había una supuesta vulneración al derecho del debido proceso y de defensa.
“Con esa medida cautelar que se presenta en la ciudad de Lima, la juez nos ordena que en el caso del sr. Edwin Oviedo, no hagamos ninguna diligencia respecto a él. Prácticamente esa resolución nos ató de manos para continuar con la investigación”., indicó Carrasco.
Además recalcó que existen seis juzgados que pudieron conocer dicha acción de amparo en Chiclayo, sin embargo, se presentó en Lima. “Existe un juez de garantía, si se señala que se vulneró el derechos a la defensa o debido proceso, es él quien debe actuar. No puede un juez constitucional avocarse al conocimiento de una causa que es llevada por el juez del octavo juzgado de investigación preparatoria, como en este caso”, culminó el fiscal.