Por Francisco Chirinos Soto.
A lo largo de mis sesenta años de abogado, he tenido uno o dos casos vinculados con la denominada justicia deportiva. No me siento, por lo mismo, ni remotamente un conocedor o entendido en la materia. Más aún, mi ignorancia es casi enciclopédica en determinados vericuetos que está exhibiendo estos días la tarea de dirimir conflictos en la importante área deportiva. No alcanzo a entender por ejemplo el papel que cumple la Federación Peruana de Fútbol, o en su caso la FIFA. No sé si son autoridad suprema en el área o no pasan de ser un elemento accesorio que, dentro de un procedimiento, ofician como parte. De otro lado, tampoco llego a entender a cabalidad el rol que desempeña ese organismo denominado TAS, que como su nombre lo indica es una entidad arbitral. Y el arbitraje, en lo jurídico y en lo deportivo es una tarea a cargo del árbitro o los árbitros ante cuya jurisdicción se someten dos o más partes que resuelven escoger esa manera de componer sus diferencias sin acudir a la autoridad de los jueces ordinarios. Entonces, pues, el arbitraje no es más una jurisdicción voluntaria que no puede ir más allá de lo que le piden y autorizan las partes en conflicto.
El TAS, en el caso que estamos examinando, resulta un megajuez, que decide de acuerdo a su entender y adopta medidas destinadas, sorprendentemente, a enmendar los alcances o restringir la severidad de sus propias decisiones. Tal sería el caso, según comentario que le he escuchado al atinado y siempre bien informado Nicolás Lúcar, en el sentido de que el TAS, a través de una medida cautelar, que parece ser extraída de la legislación peruana, que se presentaría ante ese organismo, y podría dejar en suspenso la ejecución misma de los 14 meses de inhabilitación que le han sido impuestos al futbolista Paolo Guerrero, con lo cual quedaría un pequeño espacio para que Ricardo Gareca pueda incluir el nombre de Guerrero en la relación de los 23 jugadores peruanos que defenderán los colores nacionales en la en la ecuménica cita de Rusia.
En todo caso, el tema es sumamente complejo, porque concurren sistemas normativos distintos y hasta antagónicos. Bien recordamos, a propósito, un anuncio que hiciera la FIFA en orden a su determinación de desafiliar al Perú de la organización mundial cuyas consecuencias catastróficas para nuestro país podemos imaginar sin mayor esfuerzo.
También se ha hablado de acudir con un recurso de revisión ante el supremo tribunal de justicia de la Confederación Helvética. Si dicho organismo accediera al pedido y emitiera una resolución que favoreciera total o parcialmente la posición de Guerrero y el Perú, podría encontrar resistencia en los todopoderosos dirigentes de la entidad futbolística universal.
Merece alguna reflexión el comportamiento mismo de Paolo Guerrero en el ejercicio de la defensa de sus propios derechos. Lo hemos observado vacilante y sin la necesaria convicción. Esperamos que la asesoría jurídica que se le viene brindando en Suiza pueda superar las fallas y encaminar a buen puerto las gestiones. Al respecto, es menester tomar en cuenta que las entidades deportivas peruanas están en la obligación de brindar todo tipo de apoyo a los abogados suizos para el efecto de la realización positiva de los empeños de Paolo y del Perú.