Por Francisco Chirinos Soto.
Lo último que haría yo en mi vida como profesional del Derecho sería asumir la defensa de Osman Morote ante los tribunales de justicia. Mis discrepancias en los planos político e ideológico son de tal magnitud, que sería imposible que yo accediera a defenderlo, en la improbabilísima hipótesis de que el propio Morote me lo solicitara. Para eso están numerosos y varios de ellos competentes abogados que saben cumplir sus tareas. Sin embargo, como profesional del periodismo salgo a defender a Morote ante el supremo tribunal de la opinión pública, por las arbitrariedades que se han cometido y se pretende seguir cometiendo en su contra.
Como soy asiduo y fervoroso colaborador de LA RAZON, estoy seguro de que este diario democrático y pluralista, sin identificarse conmigo en esta materia, no tendrá inconveniente en acoger mis puntos de vista en mi columna sabatina. Ese es el pluralismo que debe ser característica esencial en una colectividad democrática como la que formamos los peruanos.
Morote tiene cumplida una condena de veinticinco años de pena privativa de la libertad y enfrenta otro proceso semejante, en el cual sufre una detención provisional que supera los cuatro años. O sea que se han sobrepasado todos los límites legales existentes respecto de la detención antes de juicio. Al respecto, no podemos olvidar que los límites impuestos por la ley a la detención provisional se apoyan en la percepción que los legisladores y, en general, la sociedad entera, han tenido y tienen respecto de los abusos cometidos por los jueces en agravio de los procesados. Anteriormente, se daban casos en que un inculpado pasaba uno, dos o más años en la prisión y terminaba absuelto. Nadie podía repararle el daño que se había producido en perjuicio de la persona y de su nombre en el ambiente social. Hubo una ley, hace buena cantidad de años, que establecía una indemnización de cinco soles al día para las personas víctimas de ese tipo de detenciones. No tengo noticia que esa ley se haya cumplido en un solo caso. El reclamo pertinente del interesado podría tomarle otros años, amén de los gastos y de las coimas que le hubieran exigido.
La orden de la Sala Penal Superior de poner en libertad a Morote está perfectamente arreglada a ley. He visto que algún procurador ha pedido la nulidad de tal decisión, a través de un recurso, afirmando que no se le puede dar a Morote el beneficio porque no ha pagado la reparación civil. Falso de toda falsedad, porque ese no es un requisito para obtener la libertad o la excarcelación, ya que si lo fuera, resultaría atentando gravemente contra la norma constitucional que prohíbe la prisión por deudas. El mismo procurador carcelero sostiene que el domicilio de Morote no ofrece las seguridades necesarias. Claro, el procurador prefiere tenerlo en una celda y si fuera posible con una bola y una cadena de fierro atadas al pie.
Los que se están yendo “por la sombrita” en este asunto son los jueces y, adicionalmente, los fiscales, todos ellos culpables de la enorme dilación de los procesos. Y bajo el pretexto de que se trata de procedimientos complejos, utilizan al máximo los plazos posibles de detención. Pero eso no es suficiente para los carceleros, quienes quieren tener entre rejas a ciertos detenidos en forma indefinida y acaso permanente. Y a esa jauría de funcionarios perseguidores, se vienen a sumar los dichosos procuradores del Estado, que exceden el marco legal de sus funciones, puesto que la ley les asigna únicamente capacidad para perseguir la indemnización del daño causado por el delito.