El Ejecutivo promulgó la ley del retorno a la bicameralidad

La norma que establece el retorno de cámaras de Senadores y Diputados en el Parlamento peruano fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

por | Mar 20, 2024 | Actualidad, Política

La norma que establece el retorno de cámaras de Senadores y Diputados en el Parlamento peruano fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

El Gobierno promulgó este miércoles la ley que reforma la Constitución para el restablecimiento de la bicameralidad en el Perú, disposición que fue aprobada a inicios de marzo de este año por el pleno del Congreso de la República.

De acuerdo con la nueva ley (31988), publicada hoy el diario oficial El Peruano, el Poder Legislativo del Estado reside en el Congreso de la República, el cual está conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.

La ley puntualiza que el Senado está conformado por un número mínimo de 60 senadores, elegidos por un período de cinco años en un proceso electoral y establece que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional.

En tanto, de acuerdo a la norma, «la Cámara de Diputados cuenta con un número mínimo de ciento treinta diputados, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley».

Además, la ley indica que La presidencia del Congreso de la República recae de manera alternada sobre los presidentes de cada cámara (…) los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.

De acuerdo con la Ley 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República, se modifican los artículos 2, 39, 56, 57, 78, 79, 80, 81, 82, 86, 87, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 117, 118, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 139, 142, 150, 157, 161, 162, 182, 183, 191, 194, 201, 203 y 206 de la Constitución Política.

La norma legal fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

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Por: Federico Prieto Celi / Diputados y Senadores ¿otra vez?

El pasado 6 de marzo, el Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad con 91 votos a favor, 30 en contra y una abstención. Por tratarse de una reforma constitucional, se requerían dos votaciones con resultado a favor por encima de 87 votos en dos legislaturas diferentes y consecutivas, con el fin de aprobarse sin recurrir a un referéndum. La primera votación ocurrió el 16 de noviembre de 2023, votación que alcanzó 93 votos a favor.

Esta reforma modifica la Constitución peruana y permite que a partir de las próximas elecciones generales se elijan ya no a 130 congresistas como hasta la fecha, sino a 190 parlamentarios que estarán agrupados en dos cámaras, la de senadores con 60 miembros y la de diputados con 130 integrantes.


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