Rechazan pedido para ausentarse sin orden judicial
Martín Vizcarra continuará cumpliendo la regla de conducta que le obliga a no ausentarse en la localidad que reside en Lima sin previa autorización judicial, como parte del proceso penal en su contra por presuntos actos de corrupción cuando ejercía el cargo de presidente regional de Moquegua. Ello, debido a peligro de fuga.
El juez Ubaldo Callo Deza declaró infundado el pedido del expresidente, mediante su defensa legal, para que ordenen el cese de dicha regla de conducta que se le impuso debido a este proceso legal.
En esa línea, dicho magistrado declaró “improcedente” la pretensión subordinada que presentó la defensa del exmandatario, donde solicitaba que se reformara la regla de conducta, con el objetivo de que se le imponga la medida de no ausentarse de la localidad en la que reside sin previa comunicación a la autoridad judicial.
En la resolución emitida el último 8 de noviembre, a la que tuvo acceso RPP, el juez Callo señaló que la referida regla de conductora contra Vizcarra busca asegurar que el exjefe de Estado se encuentre a disposición de la autoridad judicial para los actos procesales propios, como el desarrollo del juicio oral al que está sometido en dicho caso, “ya que es lógico suponer que, cuando una persona sale de su localidad, no podrá ser encontrado fácilmente para participar en el acto procesal que se le requiera en el juicio oral, generándose un cierto peligro procesal”.
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El juez Callo Deza resaltó que no se puede alegar los derechos políticos de Martín Vizcarra se han visto restringidos, como su defensa indicó, ya que desde que se le impuso esta regla, las veces que solicitó autorización de viaje, el juzgado aprobó las salidas de la localidad donde reside siempre y cuando presentaran motivos fundados.
El Poder Judicial decidió programar las siguientes sesiones del juicio oral contra el expresidente Martín Vizcarra para los días 11, 18 y 25 de noviembre, en el horario de 9:00 a. m. hasta la 1:00 p. m. por los casos por el caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Asimismo, el colegiado señala que el lunes 11 será interrogado el testigo Elard Tejeda Moscoso.
El expresidente aseguró este lunes que no cometió el delito de cohecho pasivo en agravio del Estado y rechazó acogerse a la figura jurídica de la “conclusión” o “sentencia anticipada” en este juicio oral que afronta por los mencionados casos.
El fiscal Germán Juárez Atoche solicitó al Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional que se le imponga la pena de 15 años de prisión y la inhabilitación por seis años para ejercer cargos públicos a Martín Vizcarra, tras acusarlo por el presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado, por los casos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua. También se ha solicitado otros 10 años adicionales de cárcel.
Además, este 4 de noviembre la Procuraduría Ad Hoc para los casos Odebrecht y Lava Jato pidió a dicho colegiado que el exmandatario pague la suma de cuatro millones 671 mil 971.30 soles como reparación civil a favor del Estado peruano