Por: Pablo Carranza
– ¿Cómo tomó la noticia del derrumbe del techo de un concurrido centro comercial en la ciudad de Trujillo?
Es muy lamentable que esto haya sucedido. Se entiende que en locales donde las infraestructuras son de las mejores y de la mayor garantía, no sólo por la modernidad que aparentemente mostraban, sino porque además están a cargo, se entiende, por empresas absolutamente serias y se entendía, también responsables. De tal manera que esto nos lleva, pues, a pensar que a veces tenemos cosas que son por fuera flores y por dentro temblores. Esto es lo que aparentemente ha sucedido con nefastas consecuencias que han enlutado a muchas familias en Trujillo y que han llevado a tener ahora a personas con lesiones graves o muy graves
– ¿Sobre quién recae la responsabilidad, en la autoridad que no pudo fiscalizar adecuadamente el establecimiento o el dueño del mismo negocio?
Bueno, las investigaciones preliminares, que entiendo se deben haber iniciado y que luego seguramente van a significar formalizarlas y estoy segurísimo terminarán en una acusación y probablemente en una condena, van a determinar seguramente que ha habido responsabilidades, tanto en el público como en el privado. En el privado, en principio, empezaremos por decir porque es el que ha edificado la infraestructura y que a todas luces ésta no ha tenido todas las seguridades del caso. Esto podría significar inclusive, si es que se advierte en el caso de un homicidio, hasta de veinte años de pena privativa de libertad y en el caso de lesiones, hasta ocho años por parte evidentemente de los dueños de la empresa que manejaba este centro comercial.
– ¿Esto alcanzaría al presidente de directorio de Intercorp, Carlos Rodríguez Pastor y al gerente general, Fernando Zavala?
Seguramente en las investigaciones tendrán que estar evidentemente el presidente de la empresa, el gerente general, y seguramente algunos otros altos funcionarios de esta empresa, en la que las investigaciones tendrán que establecer hasta dónde llegaron estas responsabilidades, es decir, si en algún momento llegaron a tener conocimiento, por ejemplo, de que había algunos fallos en la infraestructura o algunos ajustes que hacer desde el punto de vista de seguridad de la infraestructura o de defensa civil. Entonces, a partir de las investigaciones se establecerá hasta dónde llegan las responsabilidades, pero estas evidentemente tendrán que comprender desde la más alta autoridad de la empresa hasta los funcionarios, los gerentes, o profesionales a cargo del manejo directo del centro comercial. Pero, además ahí hay una responsabilidad también de la autoridad municipal que en este caso es la que otorga los certificados de defensa civil o los correspondientes certificados de inspecciones técnicas de seguridad, y que seguramente tendrán que responder ante la justicia qué dejaron de hacer y si es que eso ha implicado finalmente también la responsabilidad sobre la muerte de las personas y sobre las lesiones. Entonces, vamos a ver ahí pues una multiplicidad de personas tanto de la municipalidad como de la empresa misma que van a ser investigadas y eventualmente conforme avancen las investigaciones se acusará y luego se sancionará penalmente a los que tuvieron directa intervención y no supieron o no quisieron de alguna manera finalmente hacer más segura esta infraestructura del centro comercial.
– ¿El centro comercial podría ser clausurado?
En principio la empresa va a ser comprendida también como tercero civilmente responsable, y la que va a tener que correr con las indemnizaciones correspondientes, pero además ahí de alguna manera está vinculada a un tema de defensa del consumidor, por un lado, está vinculada a un tema del buen nombre que de alguna manera se está viendo mellada por este acontecimiento luctuoso. Así que esta empresa ha quedado seriamente cuestionada, a partir de esta tragedia.
– ¿Podría darse el caso de que el alcalde de Trujillo, Mario Reyna, tenga responsabilidad política?
Bueno, esto tiene que ver muchísimo y debe entenderse con un tema de los documentos que se expiden por parte de las municipalidades que son los certificados de seguridad. Entonces, si en este caso, el alcalde y su gerente municipal al haber otorgado los certificados de seguridad y de defensa civil frente a una infraestructura que se está advirtiendo no tenía las capacidades de poder dar la garantía de seguridad a los que concurrían al centro comercial, evidentemente ahí hay una clara responsabilidad política, pero, además, el tema de la responsabilidad penal que tendrá que primero investigarse y luego sancionarse a los que finalmente pues se vean comprometidos en este hecho.
¿Los afectados recibirían una reparación económica?
Exactamente, acá hay, primero, la responsabilidad penal, luego la responsabilidad civil, ósea las indemnizaciones correspondientes. En el caso de los fallecidos, serán pues sus sucesores o herederos los que tengan que recibir las indemnizaciones correspondientes y, en el caso de los heridos, evidentemente las indemnizaciones a ellos de manera directa y esto puede tener dos caminos: por un lado el tema civil, en procesos indemnizatorios o acaso, creo yo, que la empresa debería ser muy responsable en esto en no llegar a procesos civiles largos y tediosos sino pues llevar esto a una transacción extrajudicial y/o una conciliación, pero si no fuera así puede ser esta vía del proceso civil y/o también en el ámbito penal, que también hay la posibilidad de la indemnización. Entonces, si se repara civilmente en el ámbito o en el fuero civil, el tema de la reparación civil en el ámbito penal quedaría descartada, pero siempre va a existir la posibilidad de la responsabilidad penal que tiene su propio cauce.
¿El presidente de directorio de Intercorp, Carlos Rodríguez Pastor podría ser sentenciado por homicidio culposo?
Podría ser un homicidio culposo o también podría ser un homicidio doloso, porque el dolo implica también tener conocimiento de un peligro que se podía presentar y no se actuó frente a este peligro. Es decir, «no es que yo dejé de hacer», simplemente, sino que «dejé de hacer frente a un hecho que me obligaba a tener que hacer algo». O sea, mi comportamiento se convierte en un comportamiento doloso cuando yo sabía que podía suceder este hecho y no hice absolutamente nada para evitarlo. No solamente podría enfrentar un proceso penal por delito culposo, sino además hasta por un proceso penal por delito doloso, en la medida que no se hayan tomado las medidas si es que se hubieran advertido y él hubiera tomado conocimiento de que esto era inminente.