Entérate aquí sobre los detalles de la normativa
Se acercan las festividades tradicionales de Navidad y Año Nuevo, que se celebran el 25 de diciembre y el 1 de enero, respectivamente. En este contexto, es probable que varios trabajadores se cuestionen si estos días festivos incluirán algún día libre adicional para permitirles disfrutar de un período extendido de descanso.
A diferencia de las festividades según el calendario, las horas no trabajadas en un día no laborable deben ser recuperadas durante los 10 días siguientes o en el momento que determine el responsable de cada entidad pública, según sus propias exigencias.
En el sector privado, donde la adhesión a días no laborables es opcional, la responsabilidad de determinar la manera de compensar las horas no trabajadas recae en el entendimiento mutuo entre empleador y trabajadores. En caso de no llegar a un acuerdo, será el empleador quien tome la decisión final.
También puedes leer:
Boletos de ingreso a Machu Picchu estarán disponibles a partir del 27 de diciembre
Según el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, las entidades y empresas bajo el régimen laboral de la actividad privada que ofrecen servicios en áreas como salud, limpieza, electricidad, agua, saneamiento, gas, combustibles, servicios funerarios, comunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, traslado de valores y venta de alimentos, tienen la autorización para decidir qué puestos de trabajo no estarán sujetos a los días no laborables mencionados.
¿Cuál sería la compensación adecuada si trabajo durante la Navidad?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) expresó su apoyo a los trabajadores, indicando que aquellos que laboren el 25 de diciembre, día de la celebración navideña, deberán recibir un día de descanso compensatorio o un pago equivalente a tres veces la remuneración diaria por parte de los empleadores.