FF.AA. podrán usar armas en zonas en Estado de Emergencia

Así lo dispone el nuevo RUF promulgado por Dina Boluarte.

por | Feb 22, 2023 | Actualidad

Así lo dispone el nuevo RUF promulgado por Dina Boluarte.

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A través de la Resolución Suprema N° 013 – 2023 – DE, el gobierno de la presidente Dina Boluarte aprobó las nuevas Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) para las Fuerzas Armadas (FF.AA.) para cuando se disponga su intervención en las zonas declaradas a la fecha en Estado de Emergencia, entre las cuales están Lima, VRAEM, Puno, Cusco y Madre de Dios.

Según se indica en el flamante reglamento, el cual fue publicado el pasado 16 de febrero, los encargados de mantener el orden interno del Perú podrán hacer uso de sus armas reglamentarias en caso de peligro inminente o de muerte o de lesiones graves cuando sean atacados con objetos contundentes, armas blancas y/o armas de fuego. Es decir, las FF.AA. están autorizados a dispararle a aquellos sujetos que representen un peligro “en la zona del cuerpo donde se controle la acción letal”.

“El personal de las Fuerzas Armadas puede usar el arma de fuego contra las personas cuando sea estrictamente necesario, y solo cuando medidas menos extremas resulten insuficientes o inadecuadas, en las siguientes situaciones: a) en defensa propia o de otras personas en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves; b) cuando se produzca una situación que implique una seria amenaza para la vida durante la comisión de un delito particularmente grave; c) cuando se genere un peligro inminente de muerte o lesiones graves como consecuencia de la resistencia ofrecida por la persona a ser intervenida; y d) cuando la vida de una persona es puesta en riesgo inminente por quien se está fugando”, se lee en el texto.

El RUF lleva las rúbricas de Boluarte y el ministro de Defensa, Jorge Chávez Cresta. El documento le encarga además, al jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que las reglas del uso de la fuerza sean distribuidos al personal militar que está en diferentes puntos del país por las protestas.

Es preciso mencionar que el reglamento señala el procedimiento que las FF.AA. seguirán antes de hacer uso de fuerza letal. Entre las disposiciones se lee que le darán una advertencia al presunto infractor que hay una intención de emplear el arma de fuego, dándole tiempo suficiente para que la entienda y deponga su actitud.

Cabe señalar que este nuevo RUF recoge casi todo lo establecido en su predecesor, el cual fue aprobado durante la gestión del golpista expresidente Pedro Castillo.


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