En favor de ex combatientes
Una bonificación mensual extraordinaria, no menor de tres remuneraciones mínimas (2,790 soles), recibirán personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y personal civil que participaron en los conflictos armados con el Ecuador de los años 1978, 1981 y 1995 y que a la fecha no reciben beneficios económicos porque el plazo para acogerse venció..
Ello, gracias a que el Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad, el dictamen del proyecto de ley que establece un nuevo plazo de cinco años para la evaluación, calificación, formulación de actas y expedición de resoluciones de reconocimiento al personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y personal civil que participaron en los conflictos armados con el Ecuador de los años 1978, 1981 y 1995.
La norma fue aprobada por 98 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones. Fue exonerada de segunda votación también por unanimidad. En consecuencia, quedó expedito para su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.
El proyecto es aplicable a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y civiles que participaron en los conflictos con el Ecuador y que se encuentran amparados en la Ley 26511 (pago de la bonificación de tres sueldos mínimos), que los reconoce como Defensores de la Patria.
Esta bonificación será otorgada sin perjuicio de cualquier otra remuneración, pensión o bonificación que perciban los beneficiarios de esta Ley.
También se aplica a los incursos en la Ley 28796, que los reconoce la calidad de Defensores de la Patria, que participaron en los incidentes armados fronterizos del subsector del Alto Cenepa de 1978, conflicto armado de la Cordillera del Cóndor de 1981; y en la Ley 29562, que otorga reconocimiento al mérito a ex combatientes de los conflictos con el Ecuador en los años 1978, 1981 y 1995.