La Fiscalía de la Nación, presentó testimonios sin una verificación previa.
El dictamen del Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, el cual absolvió al empresario Edwin Oviedo Picchotito, sería un precedente importante para los casos en los que los fiscales presenten imputaciones sustentadas mediante las declaraciones de colaboradores eficaces.
Ante esta decisión, el Juzgado exoneró de la acusación a Oviedo debido a que la Fiscalía de la Nación, no corroboró las manifestaciones de los dos testigos, quienes afirmaron que este ordenó el asesinato de los trabajadores de la azucarera Tumán.
LEE TAMBIÉN:
Asimismo, el cuestionamiento medular del juzgado, es que, desde su origen, la acusación fiscal no se encontraba suficientemente sustentada, debido a que se basó en lo fundamental en lo expresado por los colaboradores eficaces.
“El persecutor (fiscal) penal en esta audiencia de juicio oral de manera prolija ha procurado actuar los medios de prueba que fueron admitidos. Esto es de particular importancia, en tanto este juzgado colegiado ha valorado que la deficiencia en la actividad probatoria nace dentro de la etapa forense, no habiendo podido corroborar sin duda alguna el vínculo de conexión personal (de Edwin Oviedo con los hechos que se le imputan)”.
Cabe precisar, que el exfiscal de Chiclayo Juan Carrasco Millones, atribuyó a Edwin Oviedo, de haber actuado como autor mediado en el asesinato de los trabajadores Manuel Rimarachín Cascos y Percy Farro Witte.