El Ministerio Público (MP) presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la ley que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad. Además, también inició dicha medida contra la norma que detalla las facultades de la Policía Nacional del Perú (PNP) en la investigación del delito.
Según se detalló, la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela inició este proceso contra la Ley 32107 por considerar que es una norma inconstitucional debido a que vulnera el «derecho de acceso a la justicia, a la verdad, al debido proceso, a la igualdad», desconociendo que la ley solo señala que los delitos de lesa humanidad se aplican desde esa tipificación entró en el ordenamiento jurídico y no de manera retroactiva, que fue usada por fiscales y jueces para encerrar a militares y policías que combatieron al terrorismo.
Asimismo, la Fiscalía señaló que la “ley desconoce la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar la plena vigencia de los derechos humanos. En esa línea, indicó que vulnera la cuarta disposición final y transitoria de la Constitución Política del Perú.
La fiscal de la Nación señaló que la Ley 32130 resultaría inconstitucional debido a que esta norma establece que la PNP puede hacer una investigación preliminar son el rol conductor del Ministerio Público.
Ello, pese a que la Fiscalía goza de la titularidad para conducir el «inicio de la investigación del delito, para poder formalizar y acusar con el auxilio policial; mientras que la Policía Nacional del Perú es competente de realizar sus tareas operativas y técnicas de la investigación criminal».
Sobre este tema, la fiscalía olvida que la ley solo restituye las facultades que tenía la policía para la investigación criminal, más aún que bajo el liderazgo del Ministerio Público más de 8 mil delincuentes detenidos en flagrancia fueron liberados.