Se publicó un estudio del Fondo Monetario Internacional (FMI), en donde indican que debe incrementarse el porcentaje de la tasa del impuesto a las ganancias de peruanos.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) solicitó la asesoría del Fondo Monetario Internacional (FMI) para desarrollar un plan de reforma fiscal. Dicho requerimiento fue aprobado de manera limitada.
Asimismo, el FMI realizó un estudio denominado “Propuesta para la reforma tributaria de 2022: régimen fiscal del sector minero, ganancias de capital e IGV a los servicios digitales”. Esta investigación se hizo pública recientemente.
Una de las principales sugerencias del informe respaldaba la propuesta de elevar las tasas del Impuesto a la Renta a las ganancias de capital. Es decir, aquellos ingresos provenientes de activos como inmuebles.
Según indica, se planteaba incrementar la tasa del impuesto a los dividendos percibidos por personas naturales y no domiciliados hasta un máximo del 10%. Además, el FMI sostenía que actualmente la distribución de dividendos en Perú está gravada a la tasa del 5%.
“La tasa del 5% a los dividendos es igual o inferior a la de otros países de la región. Por ejemplo, la tasa de retención en Honduras, Panamá, México, Costa Rica y República Dominicana es del 10%, en tanto que en Argentina y Uruguay es del 7%”, señalaba.
Con este panorama, el FMI sugirió que, era una opción subir la tasa de retención a los dividendos al 6.25%. Teniendo como finalidad reforzar la neutralidad del régimen y aumentar ligeramente su progresividad.
Impuesto a servicios digitales
Por otro lado, la organización financiera también se pronunció respecto a la aplicación del IGV a los servicios digitales, como Netflix y Spotify. El FMI se mostró de acuerdo con la idea de establecer un impuesto a estos servicios. Sin embargo, advirtió sobre algunas dificultades para su implementación.
Según el informe, actualmente no existe una mecánica establecida para recaudar el impuesto a los servicios remotos importados cuando se trata directamente con el consumidor.
A pesar de que la Sunat está trabajando una iniciativa para implementar el mecanismo de recaudación del IGV para estos servicios, este no conllevaría a situaciones de establecimiento permanente en el país.
“El sistema sería simple, sin la obligación de emitir comprobantes de pago, o llevar libros y registros contables, por ejemplo. Este es, en pocas palabras, el régimen recomendado por los organismos internacionales. Otro elemento del sistema propuesto es la opción de cobrar el impuesto en caso de que el proveedor no lo hiciera, mediante la institución financiera que hace el pago”, sostienen.
El organismo indicó que regímenes que gravan los servicios digitales se enfrentan a la dificultad que implican la variedad de modelos de negocio de los proveedores.
Agregan que el servicio sujeto al impuesto varía según el tipo de modelo de negocio y no es siempre evidente cuál es el servicio que exactamente debería estar sujeto al IGV.
También señalan que el aspecto potencialmente más conflictivo de la propuesta es la retención mediante el sistema financiero.
Otro inconveniente es que la administración tributaria tendría que actualizar periódicamente la lista de proveedores a los que se les debe aplicar la retención.