Sigue los pasos requeridos por el Fonavi para solicitar los aportes del familiar fallecido
Los familiares de los fonavistas fallecidos tienen la posibilidad de cobrar la devolución de los aportes Fonavi del beneficiario sin necesidad de presentar un testamento o realizar una sucesión intestada, según lo establecido por la Comisión Ad Hoc encargada del proceso.
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El trámite es completamente gratuito, y los herederos forzosos pueden reclamar los aportes siguiendo un orden de prelación:
- El cónyuge o conviviente.
- Los hijos.
- Los padres.
- Los hermanos.
- Otros beneficiarios según testamento o sucesión intestada, si los hubiera.
Para empezar el proceso, los herederos deben verificar si el fonavista fallecido aparece en las listas publicadas en las páginas web oficiales: www.fonavi-st.gob.pe o www.fonavi-st.pe. Si el nombre está registrado, el heredero debe presentar una declaración jurada, su DNI y los documentos que correspondan según su relación con el fallecido en cualquier agencia del Banco de la Nación.
Los documentos requeridos son:
- Partida de defunción del fonavista.
- Partida de matrimonio o constancia de unión de hecho (si el solicitante es el cónyuge o conviviente).
- Partida de nacimiento (si el solicitante es hijo del fallecido).
- Partida de nacimiento del fonavista (si los solicitantes son los padres).
- Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista (si los solicitantes son los hermanos).
Solo se necesita presentar un testamento o una sucesión intestada si el solicitante no es un heredero forzoso.