Si Gobierno no promulga la ley, Congreso la aprueba por insistencia
En junio del 2023, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen del proyecto de ley que modifica la Ley 29625 para permitir la devolución parcial de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), con cargo a una posterior cancelación, y reconocer el derecho de devolución de dinero a los herederos de los trabajadores en caso de fallecimiento.
La autógrafa fue enviada al Ejecutivo el 7 de julio para su promulgación u observación. La presidenta Dina Boluarte tiene hasta el martes 1 de agosto para observar el documento o publicarlo de forma oficial. Si ninguna de las dos opciones es llevada a cabo, el Congreso tendrá la potestad de promulgar la ley.
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¿Por qué es importante que se promulgue esta ley? La Comisión ad hoc, cuyos miembros son mayoritariamente representantes del Ejecutivo, señalaban que no se podía iniciar con la devolución porque primero se debía definir el monto que se le adeuda a cada fonavista, lo cual es una tarea casi imposible de realizar, puesto que menos del 10% de personas tienen sus aportes identificados.
Identificar a todos los aportantes tomará años. Por ese motivo, lo más justo era comenzar con pagos a cuenta, pero, en vista de que la ley no lo especificaba, el Congreso se ha encargado de hacer la precisión.
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