Tras nuevo esquema aprobado por Comisión ad Hoc
El Banco de Materiales (Banmat) utilizó una parte de los recursos de los fonavistas para brindar una vivienda, departamento o dinero prestado en 1980.
Tras la disolución de Banmat, alrededor de 250 mil familias no pudieron pagar la deuda con dicha entidad financiera por varios años, con lo cual no pudieron obtener la titularidad de las viviendas.
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La Comisión ad Hoc aprobó lineamientos que permitirían a estas personas pagar una cantidad razonable para poder poseer una casa y un terreno.
Los requisitos para ser adquiriente aplican para los inmuebles del Fondo Revolvente, que determine el Banco de Materiales y que se encuentren en el alcance de la Ley 31173. Esta entidad se encargará del proceso de acreditación del adquiriente, y podrán acogerse quienes acrediten ocupación de la siguiente forma:
El posesionario que, habiendo tenido la calidad de adjudicatario, cuyo contrato haya sido resuelto y se encuentre actualmente poseyendo el inmueble.
El posesionario que adquirió la posesión, por acuerdo o sucesión, de quien tuvo la calidad de adjudicatario, descrita en el párrafo anterior.
El posesionario que nunca ostentó la condición de adjudicatario y que acredite que viene ejerciendo la ocupación por el plazo de 10 años o más.
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