El pasado 14 de diciembre, el Congreso derogó la exigencia de realizar elecciones primarias para los partidos políticos
La presidenta de la República, Dina Boluarte, tiene como fecha límite el 19 de enero para manifestar su posición respecto a la decisión del Congreso de la República.
Esta medida anula las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), permitiendo a los partidos políticos elegir a sus candidatos sin la participación ciudadana, lo cual representa un golpe al sistema democrático.
El 14 de diciembre, el Parlamento aprobó, con 74 votos a favor, 36 en contra y 12 abstenciones, modificaciones a la Ley 28094, conocida como Ley de Organizaciones Políticas. Posteriormente, la propuesta fue remitida a la oficina especializada de la Oficialía Mayor, donde se redactó la autógrafa para ser enviada luego a la jefa de Estado.
Según lo establecido en el artículo 108 de la Constitución, toda ley aprobada por el Congreso debe ser remitida al presidente de la República. En el ejercicio de sus facultades, el presidente tiene la responsabilidad de promulgar la iniciativa aprobada en un plazo de 15 días hábiles. Una vez completado este proceso, la ley puede considerarse oficial. Es importante destacar que el plazo límite para este procedimiento es el 19 de enero.
Mientras tanto, Dina Boluarte tiene la capacidad de respaldar o cuestionar la iniciativa, lo que determinaría si el proyecto de ley regresa al Congreso para ser sometido a una nueva votación.
Se necesita la aprobación de la mitad más uno de los legisladores para que sea aceptada, ya sea que se resuelvan o no las observaciones presentadas desde la Presidencia.
Una tercera posibilidad es que Dina Boluarte no tome acción alguna sobre la ley. En este caso, la responsabilidad recaería en el presidente del Congreso o en el titular de la Comisión Permanente, roles actualmente desempeñados por Alejandro Soto Reyes.
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Las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) estaban en efecto desde 2019, permitiendo a los ciudadanos la elección de candidatos para las elecciones generales, independientemente de su afiliación política.
A lo largo del tiempo, esta medida fue suspendida en dos ocasiones. La primera ocurrió en 2020 debido a la pandemia de la COVID-19, y la segunda fue por razones técnicas para su implementación.
Sin embargo, la continua desactivación de esta norma podría tener graves consecuencias para la participación democrática de los ciudadanos, incluso propiciaría la proliferación de actividades ilegales dentro de los partidos políticos.