Gobierno promulgó ley que prohíbe el matrimonio de personas menores de edad

El menor puede solicitar directamente la anulación de su matrimonio previo a esta ley

por | Nov 25, 2023 | Actualidad, Política

El menor puede solicitar directamente la anulación de su matrimonio previo a esta ley

El sábado 25 de noviembre, el gobierno ha promulgado la Ley 31945, la cual introduce modificaciones al Código Civil para expresamente prohibir el matrimonio de personas menores de edad.

Esta normativa, divulgada en el boletín de leyes del diario oficial El Peruano, ha alterado varios artículos del Código Civil con el fin de impedir que individuos menores de 18 años puedan llevar a cabo matrimonios civiles.

Se especifica que no se autoriza el matrimonio entre el tutor o curador y aquellos menores de dieciocho años, así como con personas con capacidad de ejercicio restringida, durante el ejercicio de su función, ni antes de que se aprueben judicialmente las cuentas de la administración. La ley, que protege y asegura los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, establece como causa de nulidad el contraer matrimonio siendo menor de 18 años.

Además, indica que el menor de edad tiene directamente, sin intermediarios, la capacidad de solicitar la nulidad de un matrimonio contraído previamente a la entrada en vigor de esta ley.

Lee aquí:

Ministerio Público ratifica suspensión de Rafael Vela

El Congreso aprobó mayoritariamente una ley que prohíbe el matrimonio infantil

La normativa indica que aquellos que deseen formalizar su matrimonio civil lo comunicarán verbalmente o por escrito al alcalde provincial o distrital del domicilio de alguno de ellos. También podrán realizar la ceremonia ante un notario de la provincia donde resida uno de los contrayentes. En ambos casos, está prohibido que personas menores de dieciocho años contraigan matrimonio.

Se requerirá la presentación de copias certificadas de las partidas de nacimiento, evidencia de domicilio y un certificado médico expedido no más de treinta días antes, que certifique la ausencia de los impedimentos establecidos por la ley. En caso de no existir servicio médico oficial y gratuito en el área, se podrá presentar una declaración jurada confirmando la ausencia de tales impedimentos.

La propuesta fue aprobada por el Congreso de la República con 113 votos a favor, ninguno en contra, y con la abstención de los congresistas José María Balcázar, Gladys Echaíz (Renovación Popular) y Víctor Cutipa (No agrupados).

Lee aquí:

Poder Judicial rechazó propuesta de grilletes electrónicos


Más recientes

Social media & sharing icons powered by UltimatelySocial