Trabajadores del sector privado recibirán este beneficio hasta el 15 de julio.
Más de cuatro millones de trabajadores formales del sector privado recibirán durante la primera quincena de julio la gratificación por Fiestas Patrias, uno de los beneficios laborales más importantes del año. El pago, que también incluye una bonificación extraordinaria, deberá realizarse hasta el 15 de julio de 2026.
De acuerdo con el docente de Finanzas de la Universidad del Pacífico, Jorge Carrillo Acosta, este año se desembolsarán alrededor de S/10.000 millones por este concepto.
¿Qué es la gratificación?
La gratificación es un beneficio laboral que se paga dos veces al año a los trabajadores del régimen laboral privado: una en julio por Fiestas Patrias y otra en diciembre por Navidad.
Tienen derecho a recibirla los trabajadores del sector privado que se encuentren en planilla, así como los trabajadores del sector público sujetos al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo 728).
Sin embargo, existen excepciones. Los trabajadores de pequeñas empresas inscritas en el Remype reciben solo la mitad del beneficio, mientras que quienes laboran en microempresas, de manera independiente o en la informalidad no acceden a este pago.
En el caso de los trabajadores del sector público bajo otros regímenes laborales, corresponde el pago de un aguinaldo de S/300, establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas.
¿Hasta cuándo se puede pagar la gratificación?
El plazo legal para el depósito de la gratificación vence el miércoles 15 de julio de 2026.
El abogado laboralista de Valcaya Legal, Juan Valera, explicó que si el empleador realiza el pago después de esa fecha deberá abonar, además, los intereses legales generados hasta el día en que se efectúe el depósito.
El incumplimiento también puede generar sanciones económicas impuestas por la Sunafil.
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¿Cómo calcular la gratificación de julio?
Según Juan Valera, quienes trabajaron durante todo el semestre comprendido entre enero y junio de 2026 recibirán una gratificación equivalente a una remuneración mensual.
Si el trabajador ingresó durante ese periodo, el beneficio será proporcional y corresponderá a un sexto de la remuneración computable por cada mes calendario completo laborado.
El cálculo también incluye la asignación familiar, cuando corresponda, y las remuneraciones variables, como comisiones, horas extras o bonos, siempre que estos conceptos hayan sido percibidos al menos tres veces durante el semestre.
A ello se suma una bonificación extraordinaria equivalente al 9% de la gratificación para los trabajadores afiliados a EsSalud o al 6,75% para quienes cuentan con una EPS.
Carrillo Acosta recordó que este beneficio no está sujeto a descuentos por AFP ni por Impuesto a la Renta, por lo que el monto que recibe el trabajador suele ser superior a su sueldo neto mensual.
Como referencia, los montos aproximados serían:
- Sueldo bruto de S/2.000: recibiría alrededor de S/2.180.
- Sueldo bruto de S/3.000: recibiría aproximadamente S/3.270.
- Sueldo bruto de S/5.000: obtendría cerca de S/5.450.
- Sueldo bruto de S/10.000: percibiría alrededor de S/10.900.
¿Los trabajadores CAS recibirán gratificación?
La situación de los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) aún no está definida.
Si bien en marzo de este año se promulgó la Ley 32563, que reconoce el derecho de estos servidores a recibir gratificaciones y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), el monto del beneficio continúa en debate entre el Ejecutivo y el Congreso.
El Ministerio de Economía y Finanzas propuso que el pago se implemente de manera gradual, iniciando con el 10% este año y alcanzando el 100% en 2030. Sin embargo, el Congreso eliminó esa disposición durante la discusión del crédito suplementario, por lo que el mecanismo de financiamiento deberá ser definido por la Comisión Permanente.



