Si no cumple, se considera delito y se pena con tres años de prisión
Para prevalecer el bienestar de los menores de edad, se desarrolló la denominada pensión de alimentos que puede ser solicitada a las autoridades correspondientes por uno de los padres de familia. Esta se define como el deber que tiene una persona de brindar subsistencia a otra por vivienda, recreación, educación, entre otros.
La pensión puede darse mediante acuerdo entre las partes o por vía judicial. El hijo o hija tiene derecho a recibir una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Si existe un tipo de incapacidad física o mental, o si se encuentra cursando estudios, en una universidad o un instituto, el plazo del pago se puede extender hasta los 28 años.
¿Cómo se fija la necesidad de un hijo?
Uno de los criterios que debe tener en cuenta el juez para fijar el monto de la pensión de alimentos es el denominado “estado de necesidad” del deudor alimentario. En esta nota, se detallan cinco importantes sentencias de la Corte Suprema, las cuales han precisado los alcances de este criterio, y que deberán revisarse para plantear una exitosa demanda de alimentos.
Existen tres criterios determinantes para que los jueces fijen los alimentos, los cuales están previstos en el artículo 481 del Código Civil. Allí se señala que los alimentos se regulan por el juez: a) en proporción a las necesidades de quien los pide, b) las posibilidades del que debe darlos, y, finalmente, c) debe atenderse a las circunstancias personales de ambos (deudor y acreedor alimentario), pero especialmente a las obligaciones que se halle sujeto el deudor.
Hijo puede demandar pensión de alimentos
Cuando alcanza la mayoría de edad (cumple 18 años) el hijo o hija puede solicitar esta pensión de alimentos. Como requisito principal necesita acreditar el por qué se realiza la demanda. Recuerda que el pago debe ser mensual y obligatorio hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad.
La ley peruana no establece un monto específico para calcular el monto que se deberá pagar, pero existen algunos criterios que se consideran, como: los ingresos que presenta el padre o madre, la necesidad alimenticia, capacidad económica del deudor, si tiene carga familiar, entre otros.
¿Cuánto pedir por la pensión alimenticia?
El monto a pagar por el cónyuge que debe abonar la pensión de alimentos la decide el juez, a no ser que se haya llegado antes a un acuerdo mediante una conciliación.
La forma de obtener una pensión justa es mostrando todos los gastos necesarios para la manutención del menor y los ingresos con los que cuenta el padre.
La pensión de alimentos mínima en el Perú es del 20% y el porcentaje máximo que puede otorgar el progenitor es del 60%.
Por lo tanto, te puedes estar preguntando cómo calcular la pensión de alimentos. Por ejemplo, si el padre tiene unos ingresos de S/ 2000.00 soles y el juez dictamina que debe pagar un 40% de sus ganancias, correspondería un monto de S/800.00. El monto, entonces, varía dependiendo del ingreso (S/ 2000) y el porcentaje a abonar (40%).
¿Qué hacer si el padre/madre se niega a pagar la pensión?
Los afectados pueden recurrir a una de estas tres vías:
- La conciliación.
- La conciliación extrajudicial cuando el padre no cumple con el acuerdo que se dio producto de la conciliación).
- El proceso judicial.
Debes tomar en cuenta que, si el deudor no cumple, se podrá embargar sus cuentas o los ingresos que reciba por su actividad laboral. Incluso, a pedido del demandante de la pensión de alimentos, el juez de oficio puede derivar la documentación correspondiente a la fiscalía para que se formalice la denuncia penal. De acuerdo al Código Penal, el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (OAF) es sancionado con hasta tres años de prisión.