Así se ejecutará pago en cuentas de uniformados
La ratificación del Tribunal Constitucional respecto al diferencial del 2% correspondiente a los Decretos de Urgencia 090, 073 y 011 marca el inicio de una restitución económica histórica para la familia policial. Tras el blindaje legal que otorga la calidad de Cosa Juzgada a este reclamo, la atención se traslada directamente al campo contable.
Las proyecciones financieras confirman que los efectivos en situación de retiro y los beneficiarios de Montepío que acumulen el periodo completo de afectación entre los años 2002 y 2015 podrán acceder a montos globales que alcanzarán y superarán los S/16,000.
El factor determinante que eleva la liquidación hasta esa cifra radica en la aplicación obligatoria de los intereses legales bajo la tasa del Banco Central de Reserva. Mientras que el capital neto omitido mes a mes durante los trece años de servicio suma una base importante, la mora acumulada durante más de dos décadas representa entre el 50% y el 100% adicional sobre el monto original. Esta actualización del valor del dinero garantiza que el patrimonio del policía no pierda poder adquisitivo frente al impacto de la inflación acumulada.
El proceso de desembolso no requerirá de trámites engorrosos ni intermediarios, pues la administración del Sector Interior tiene la obligación de procesar los abonos de oficio. La ruta de ejecución contempla la consolidación del padrón oficial por parte de la Dirección de Pensiones de la Policía Nacional, la formulación de la hoja de liquidación individualizada, la transferencia de partidas presupuestales por parte del Ministerio de Economía y Finanzas y, finalmente, el depósito directo en la cuenta del Banco de la Nación. En el caso de los titulares fallecidos, las viudas y huérfanos solo deberán acreditar su Sucesión Intestada debidamente inscrita en la SUNARP para activar el traspaso de la titularidad de los fondos.
Frente a la inminencia de los pagos, las asociaciones de pensionistas y expertos en derecho previsional recomiendan a todos los beneficiarios fiscalizar su hoja de desglose individual antes de dar la conformidad al abono.




