Humberto Abanto es investigado en «Los árbitros de Odebrecht»

Sala de Apelaciones considera que en el caso de "Los árbitros de Odebrecht" se observa la existencia del control de un mercado ilícito con fines económicos que señala la nueva Ley del Congreso.

por | Ene 16, 2025 | Actualidad, Política

Sala de Apelaciones considera que en el caso de «Los árbitros de Odebrecht» se observa la existencia del control de un mercado ilícito con fines económicos que señala la nueva Ley del Congreso.

El abogado Humberto Abanto continuara investigado por el delito de asociación ilícita en relación con los arbritajes que realizó para la constructora Odebrecht luego que la Tercera Sala Penal Nacional de Apelaciones ratificó que en su caso si se cumplen los requisitos de la Ley 32108 y su modificatoria la Ley 32138.

Al respecto, los magistrados superiores señalan que el juez Chávez no realizó un control de convencionalidad de dichas normas legales, sino una interpretación de las mismas conforme al artículo 55° de la Constitución de 1993 que incorpora a los tratados de derecho internacional, a nuestra legislación.

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Al respecto, los magistrados superiores señalan que el juez Chávez no realizó un control de convencionalidad de dichas normas legales, sino una interpretación de las mismas conforme al artículo 55° de la Constitución de 1993 que incorpora a los tratados de derecho internacional, a nuestra legislación.

Los jueces encargados de la Sala de Apelaciones José Sologurem Anchante, Víctor Henríquez Sumerinde y Arturo Mosqueira Cornejo afirman que el juez Jorge Chávez Tamariz realizó una correcta una buena interpretación sobre las nuevas leyes del crimen organizado.

“Se verifica que la resolución materia de impugnación (emitida por el juez Chávez Tamariz) no realiza un control de convencionalidad, sino por el contrario se utiliza una interpretación conforme a la Constitución utilizando el artículo 55° que incorpora los tratados al derecho nacional, lo cual constituye una técnica interpretativa válida y distinta al control de convencionalidad”, precisa los magistrados.

Chávez Tamariz utilizó la Convención de Palermo como parámetro interpretativo para dotar de contenido a los elementos del tipo penal de organización criminal de las leyes 32108 y 32138 que se presentan y afirmo, “particularmente respecto al beneficio económico como finalidad del grupo criminal”, del control de una cadena de valor en un mercado ilícito, precisa la sala superior. La fiscalía tiene que definir si encontró las pruebas que le permitan establecer un juicio público la comisión de los delitos investigados y recién presentar los hechos ilícitos que realizaron los involucrados.

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