Las salas de cine siguen siendo lugares muy populares, donde personas de todas las edades disfrutan de los últimos estrenos cinematográficos
Durante las fechas de estreno, es común ver largas colas de personas ansiosas por ingresar a ver sus películas favoritas en el cine, especialmente cuando hay un buen trabajo de marketing previo. Y, por supuesto, no puede faltar la combinación de canchita (palomitas de maíz) y gaseosas. Sin embargo, muchas personas aún se preguntan si se les permite llevar sus propios alimentos y bebidas a las salas.
Para aclarar esta duda, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha establecido que los asistentes al cine tienen permitido ingresar con sus propios alimentos. De acuerdo con el Indecopi, se permite llevar productos similares a los que se ofrecen en la confitería de las empresas que administran las salas de cine.
Es importante tener en cuenta algunas restricciones al llevar alimentos al cine:
1. Los productos ingresados deben ser en presentación personal, es decir, en tamaño y cantidad similares a los que se ofrecen en el cine.
2. No se permite el ingreso de botellas de vidrio o latas, esto es por razones de seguridad tanto para la infraestructura del lugar como para los consumidores.
3. Los alimentos o bebidas que puedan derramarse o que tengan malos olores no están permitidos.
4. El ingreso de bebidas alcohólicas, en cualquier presentación o tipo, está prohibido.
5. Las presentaciones familiares en alimentos y bebidas tampoco están permitidas.
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Si en algún caso un cine te impide ingresar con alimentos a pesar de cumplir con las restricciones mencionadas, es importante que exijas el libro de reclamos y registres tu queja. También puedes contactar al Indecopi a través de sus canales virtuales para hacerles saber la situación. Al presentar tu reclamo, el establecimiento se expone a recibir una penalidad económica.
Es relevante mencionar que, antes de la pandemia de la Covid-19, existía una restricción en el ingreso de alimentos al cine. Sin embargo, gracias a la Resolución 467-20187SPC-Indecopi de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL), se determinó que los clientes pueden asistir a las salas de cine con productos externos, como parte de la evaluación y determinación del colegiado cuyo objetivo es evitar infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor.