26 de marzo de 2026

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Indecopi multa a Nestlé tras detectar etiquetado engañoso en 28 productos

Indecopi multa a Nestlé tras detectar etiquetado engañoso en 28 productos

En 28 alimentos para mascotas destacaban “atún” o “pollo” pese a mezclar otras carnes

 

Nestlé Perú S.A. fue multada con 117.68 UIT, equivalentes a S/ 629 588, por haber inducido a error a los consumidores con el etiquetado de 28 productos de alimentos destinados a gatos y perros; así lo determinó la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi, mediante la Resolución N° 3175-2025/SPC-INDECOPI.

De este modo, la decisión de la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi marcó un precedente en la regulación del etiquetado de alimentos para mascotas en el Perú.

La sanción se impuso debido a que Nestlé Perú utilizó denominaciones de producto que no reflejaban su verdadera naturaleza. Según la SPC, la práctica consistía en destacar una carne específica en la etiqueta, llevando al consumidor a creer que el producto se componía únicamente de dicho ingrediente.

El Colegiado ratificó que esta práctica constituía una infracción al artículo 3° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, pues inducía a error a los consumidores sobre las características reales de los productos ofrecidos en el mercado.

COMPOSICIÓN REAL

La investigación dio a conocer que los productos sancionados no estaban compuestos únicamente por la carne mencionada en sus etiquetas, sino que también incluían otros tipos de carne y subproductos detallados en los ingredientes.

Entre los ejemplos específicos citados en la resolución se encuentran:

“Dog Chow Salmón”: A pesar de su denominación, el producto no solo contenía salmón, sino también «hígado y/o vísceras de cerdo, carne de pollo y/o atún, carcasa e hígado de pollo».

“Felix Classic con Atún”: Aunque destacaba el atún, en su composición se halló «carne y menudencias de pollo y/o cerdo, carcasa de pollo y/o carne de salmón y/o sardina».

“Cat Chow Adulto Pollo”: Además de pollo, este producto incluía «vísceras y/o hígado de cerdo y carne de pavo».

“Fancy Feast Petits Filets Salmón”: Este alimento combinaba el pescado destacado con «hígado y vísceras de cerdo y carne de pollo».

La Resolución N° 3175-2025/SPC-INDECOPI también confirmó el otorgamiento del 26.5 % de la multa a favor de la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash, entidad que impulsó el procedimiento y presentó las pruebas necesarias para acreditar la infracción.

DENUNCIA

La multa se impuso tras un proceso administrativo impulsado por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (ACUREA), que denunció la discrepancia entre las denominaciones de los productos y sus ingredientes reales.

La resolución impuso, además de la multa, una serie de medidas correctivas. Nestlé deberá retirar del mercado los veintiocho productos cuestionados en un plazo de sesenta días hábiles, salvo que corrija el etiquetado mediante stickers u otras acciones equivalentes. También se ordenó la publicación de un aviso en las redes sociales de la empresa durante treinta días hábiles y la inscripción de Nestlé en el Registro de Infracciones y Sanciones (RIS) del Indecopi por la infracción cometida.

 

CÁLCULO DE LA MULTA

La sanción se fundamentó en un análisis económico detallado. Según la resolución, el cálculo de la multa se realizó aplicando el “método ad hoc” establecido en el Decreto Supremo 032-2021-PCM, considerando el alcance nacional de la infracción. Para determinar el beneficio económico ilícito, se estimó el incremento de ventas atribuible al etiquetado engañoso. Las ventas totales de los veintiocho productos desde su lanzamiento hasta la denuncia alcanzaron S/ 22 961 718, con un margen de utilidad operativa reportado por Nestlé del 12,62%.

Se utilizó un factor de incremento de ventas del 31,26% para consumidores altamente involucrados con la marca, ajustado a un efecto neto del 23,82%, basado en el estudio de Lammers (2000). El beneficio económico ilícito estimado fue de S/ 270 330,56 (58,77 UIT).

 

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