Indecopi: Multan Universidad de César Acuña por s/ 76.117

Indecopi ha impuesto una multa de 76,117 soles a la Universidad Señor de Sipán SAC, institución fundada por César Acuña

por | Jul 9, 2024 | Actualidad

Indecopi ha impuesto una multa de 76,117 soles a la Universidad Señor de Sipán SAC, institución fundada por César Acuña

La Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque (ORI) ha impuesto una multa inicial de 14.78 UIT, equivalente a 76,117 soles, a la Universidad Señor de Sipán SAC, fundada por César Acuña Peralta.

Esta medida se debe a la falta de ofrecimiento de un servicio educativo eficiente y de calidad a los estudiantes del VIII ciclo de la facultad de Medicina Humana. El objetivo de esta decisión es asegurar el cumplimiento de los estándares educativos y proteger los derechos de los estudiantes afectados.

La comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque determinó que la universidad no cumplió con el artículo 73 de la Ley N.º 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, debido a la falta de coordinación en la elaboración de horarios y asignación de docentes para cada asignatura teórica o práctica, lo cual afectó las calificaciones de los estudiantes. Como resultado, se le impuso una multa equivalente a 6.89 UIT.

Según el principio de idoneidad establecido en el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, debe existir coherencia entre las expectativas del consumidor y lo que realmente recibe.

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En este caso, la universidad no atendió la solicitud de los estudiantes para la revisión de notas y la investigación sobre algunos docentes, por lo cual también se le impuso una sanción equivalente a 6.89 UIT.

Además, la universidad cometió prácticas pedagógicas inadecuadas relacionadas con la manipulación y alteración de las notas del curso Medicina Clínica III, lo cual resultó en que los estudiantes tuvieran que repetir el ciclo. Por estas razones, se le impuso una sanción de 1 UIT.

Como medida correctiva, Indecopi instruyó a la Universidad Señor de Sipán que, dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución, debe responder a la solicitud presentada por los denunciantes.

Además, se le exige que elabore los horarios, designe docentes para cada asignatura teórica o práctica, y prepare el contenido respectivo con antelación al inicio de clases. También debe garantizar la precisión de la información publicada en su sistema de notas.

La Universidad Señor de Sipán tiene la opción de apelar la resolución emitida por la comisión de Indecopi N.º 0343-2024/INDECOPI-LAM ante la Sala Especializada en Protección del Consumidor, si así lo considera necesario.


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