La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó de forma unánime la prohibición de las comunicaciones no deseadas
La Dirección de Fiscalización del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró el lunes que introducirá sistemas de inteligencia artificial para identificar compañías que efectúan llamadas y envían mensajes no deseados, sin cumplir con las regulaciones actuales.
Durante una entrevista con los medios de comunicación, la directora del departamento, Milagros Pozo, explicó que las empresas que realicen llamadas sin el consentimiento de los usuarios podrían recibir sanciones de hasta 450 UIT, lo que equivale a S/ 2 millones 317 mil 500 soles.
«Estamos empleando un modelo de inteligencia artificial para examinar los audios de las llamadas que envían como prueba. Nuestra estrategia inicial se centrará en el sector bancario y de seguros«, explicó. Además, la funcionaria especificó que, gracias a un análisis de riesgo realizado, Indecopi ha identificado a las principales empresas que utilizan estas prácticas, las cuales serán objeto de fiscalización en un futuro próximo.
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Durante la sesión, presidida por el congresista Wilson Soto, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó por unanimidad la prohibición de las comunicaciones spam, considerada como una falta muy grave que acarreará esta sanción económica.
La regulación específicamente prohíbe el empleo de call centers, sistemas de llamadas telefónicas, envío masivo de mensajes de texto o correos electrónicos con propósitos promocionales, así como la comercialización de productos o servicios a través de telemercadeo dirigido a los consumidores.
Soto resaltó que la aplicación de esta ley depende de la aprobación por parte del pleno. Una vez que se apruebe, Perú se unirá a los países que toman medidas firmes contra el correo no deseado y las comunicaciones comerciales no solicitadas, sentando así un precedente importante en la protección de los derechos del consumidor y la promoción de prácticas comerciales éticas.
La disposición contempla una excepción en situaciones donde el consumidor brinde su consentimiento de forma «voluntaria, informada, previa, expresa y clara» para ser contactado por el proveedor mediante diversos canales de comunicación. Sin embargo, este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento de acuerdo con las leyes actuales de protección de datos personales.