El Gobierno anunció la ampliación la inmovilización obligatoria de los domingos, como parte de las medidas para reducir el impacto de la pandemia de la COVID-19.
La inmovilización social, o toque de queda, rige todos los días desde las 22:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado (excepto para las regiones en cuarentena focalizada). Los domingos estará prohibido transitar todo el día.
Ante estas restricciones, ¿qué actividades podrán seguir funcionando los domingos de inmovilización social?
El Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM indica que estas son las actividades que podrán funcionar:
– Servicios de abastecimiento de alimentos
– Salud, medicinas
– Servicios financieros
– Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery)
– Servicios de agua
– Saneamiento
– Energía eléctrica
– Gas, combustibles
– Telecomunicaciones y actividades conexas
– Limpieza y recojo de residuos sólidos
– Servicios funerarios
– Transporte de carga y mercancías
– Actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas
– Transporte de caudales, según indique el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Con ello, el personal dedicado a estas actividades podrá transitar con una credencial que lo identifique y tiene que generar un pase laboral y/o vehicular en la página www.gob.pe/paselaboral
En el caso de las personas que trabajen en estas actividades, pero sean parte del grupo de riesgo, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto. En caso deseen voluntariamente acudir a trabajar durante la inmovilización, deberán estar sujetos a las disposiciones emitidas por la Autoridad Sanitaria y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
Otro grupo de personas que podrán transitar durante el domingo de inmovilización, serán aquellas que requieran de atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud.